Casos y cosas de casa. Ley de nietos
Denegación de nacionalidad infundada
Resumen del artículo:
- En definitiva: se ha conseguido crear una inseguridad Jurídica espantosa en la descendencia española en el extranjero
- Breves comentarios finales sobre la Ley Nietos… el principal problema es que se hizo una chapuza, por prisa y poca decisión estatal. Debió hacerse una Ley de Nacionalidad
- Puede probarse la nacionalidad originaria del abuelo a través de 3 vías, que exponemos
- Supuestos argumentos que enumeramos llevan al consulado y luego a la DGRN a afirmar que el abuelo no era originariamente español
- ¿Contra quién vamos?. Pues contra la Resolución de la DGRN que negó la inscripción de la nacionalidad a una persona a la que asesoramos
- Con la experiencia obtenida en casos parecidos que ahora mismo tiene abierto este Despacho, prestamos servicios de asesoramiento y representación
-
Exigir legalmente que se dictamine la resolución del expediente de que se trate o recurrir una Denegación por la vía civil
Casos y cosas de casa:
Con esta nueva sección queremos llamar la atención acerca de los dislates, tropelías, aciertos y acciones relevantes del entorno, la Hispania nuestra de cada día
Comenzaré por comentar un despropósito, que como otros comentados antes, aún está por resolver
Estamos poniendo en claro esta denegación y la comentaremos en lenguaje lo más llano que podamos
Es muy importante que llegue al mayor número posible de personas
Este blog siempre fue concebido para el mayor espectro por aquello que ha dicho Galeano
«El lenguaje hermético no siempre es el precio inevitable de la profundidad. Puede esconder simplemente, en algunos casos, una incapacidad de comunicación elevada a la categoría de virtud intelectual. Sospecho que el aburrimiento sirve así, a menudo, para bendecir el orden establecido: confirma que conocimiento es privilegio de élites»
Ahora me preguntarás y que es hermético, porque con lenguaje no tendrás duda, ¿no es cierto?
Pues hermético significa: «Impenetrable, incomprensible o cerrado»
¿Y dislate?. «Error, disparate, hecho o dicho sin sentido común«
Casos y cosas de casa
Una Denegación incomprensible
¿Contra quién vamos?
Pues contra la Resolución de la DGRN que negó la inscripción de la nacionalidad a una persona a la que asesoramos
Y como la única vía que deja la legislación española es la vía civil pues hemos demandado además al Registro Civil Central por negarse a tal acción
El afectado es un nieto de emigrante español que no le ha sido reconocida su condición por razones que expondremos seguidamente
Circunstancias del caso denegado:
-
Nieto o nieta de español, cuyo abuelo nació en una provincia gallega
-
El abuelo optó a una nacionalidad latinoamericana en la década del 70 del siglo pasado, cuando el hijo era ya mayor de edad
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Por tanto el nieto/a nació de un español por la Ley de Nietos, su padre era hijo de español de origen nacido en España
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El supuesto problema del abuelo español es que su padre era nacido en un país vecino a España
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La madre del abuelo emigrante era también hijo de una española y gallega por más señas, que casó con extranjero pero residía en suelo español
Estos argumentos llevan al consulado y luego a la DGRN a afirmar que el abuelo no era originariamente español
Algo muy discutible y con lo cual no coincidimos para nada
Casos y cosas de casa
Conclusiones parciales
Es un error de ambos órganos porque se ha acreditado documentalmente que este abuelo emigrante era Español de Origen
Los nietos, por tanto, podían acogerse a la Disposición Adicional 7ma de la ley 52/2007
Puede probarse la nacionalidad originaria del abuelo a través de 3 vías
- A través de la vecindad Civil del padre del abuelo (Don Xxxxxx) que a pesar ser natural de XXXXX residía legalmente en este pueblo y además no consta que tuviere la otra nacionalidad
- A través de la vía materna dado que la madre del abuelo a pesar de haber podido perder la nacionalidad por matrimonio, nació y se casó en España. Y en la fecha del nacimiento del abuelo, ella residía y continuó residiendo en España
- Si las razones anteriores no fueran suficientes podría resumirse que Don Xxxxxx, nació en un pueblo gallego, fue inscrito en el Registro Civil de dicho pueblo por su padre, se casó en el propio lugar y nunca se registró como ciudadano del otro país ostentando durante toda su vida la condición de ciudadano español de origen.
Por estas razones resumidas y expuestas en lenguaje llano, consideramos que se ha cometido un grave error y demandamos su anulación ante un Juzgado
Casos y cosas de casa
Breves comentarios finales sobre la Ley Nietos
Creemos que el principal problema es que se hizo una chapuza, por prisa y poca decisión estatal, porque debió hacerse una Ley de Nacionalidad
Hoy todavía no se ha hecho: “somos el único país de Europa que carece de ella”
Continuamos de parche en parche del Código Civil
Si continúa la derecha en el gobierno pasarán muchos años para que esto se resuelva
Así mismo el otro problema técnico y de aplicación muy grave fue la falta de un Reglamento para desarrollar la Ley.
Sólo se elaboró una Instrucción que es tan vaga como limitativa. Dicha instrucción se ‘comió’ el espíritu de la Ley
Hay que decir que los procesos migratorios de ciudadanos Españoles son, también, anteriores a la guerra Civil
Los derechos de los que emigraron de España y sus familias no pueden ser acotados en períodos temporales concretos
Recuérdese la injusticia cometida con la línea materna de los emigrantes españoles
Este desatino monumental se conoce mundialmente como la “Discriminación de las abuelas españolas emigradas”.
Además dicho proceso se encontró con varios inconvenientes técnicos dado que no se modifican con carácter retroactivo los Códigos Civiles anteriores
Al no haber reglamento la interpretación de la ley chocaba de pleno con artículos del Código Civil que no se habían modificado
Lo cierto es que la interpretación fue siempre en contra del administrado. Este caso es un ejemplo palpable
Y el desparpajo continúa aún en las oficinas de algunos consulados, especialmente en el de La Habana
En muchos casos se han tomado decisiones totalmente diferentes en casos similares
En definitiva: se ha conseguido crear una inseguridad Jurídica espantosa en la descendencia española en el extranjero
¿Te han quedado claro las cuestiones fundamentales de la promulgación y posterior aplicación de la Ley de Nietos?
Si al menos tienes un poco más de información, aunque no llegues a dominarlo…estaríamos satisfechos
Ante la desidia y falta de atención de la Administración española en dotar a la sede consular habanera de los medios materiales y humanos para resolver los expedientes
Existen miles de expedientes sin solución desde hace más de 6 años
Tomando en cuenta la experiencia obtenida en casos parecidos que ahora mismo tiene abierto este Despacho
Proponemos a los afectados/as por esta situación para que se pongan al habla con nosotros
En su nombre y representación (y contrato entre las partes) exigiremos una solución en un plazo perentorio
Si en el plazo señalado no hubiéramos tenido respuesta positiva de resolución acudir ante la DGRN o un Juez en Madrid para presentar el caso
Exigir legalmente que se dictamine la resolución del expediente de que se trate.
Ahora te toca a ti dar tus puntos de vista decirnos algo
Venga !, más abajo está tu espacio para opinar:
Adelante…!!
Edición viernes
Carlos
Esto de la LMH se ha convertido en un gran negocio…tengo entendido…que las Nacionalidades fueron vendidas.por miles.de CUC en el Consulado de La Habana,(y hubo muchos explotes!!…donde estuvieron involucrados, funcionarios , trabajadores e hijos de grandes políticos Cubanos), así que no importó mucho de donde ni cuándo surgieron tanto los Españoles que emigraron ni sus descendencias. Ahora bien, es muy fácil probar de dónde; cuándo ; en que momento nacieron, entraron, permanecieron, se casaron, procrearon y murieron. A través de su fe de Bautismo que se llevaba en cada Parroquia, se puede conocer su nacimiento y casamiento…., en este último caso hubo quien lo dejó plasmado en un juzgado,(el cuál fue saquiado y quemado en los años 36 y 40);,al llegar a tierra debían registrase en el País (muchos por una razón u otra no lo hicieron Nunca!, otros posteriormente); luego al tener sus hijos e inscribirlos…notificaron el lugar de donde venían y quedó plasmado en el Registro de sus hijos, (y posteriormente en el Bautismo) y otra forma de Registro fue a través de dejarlo en constancia.de.su Consulado en los Países donde.se asentaron….. Si no aparece esas PRUEBAS!!!!….SENCILLAMENTE…NO QUERÍAN APARECER NUNCA MÁS COMO ESPAÑOLES Y SUS.MOTIVOS TENDRÍAN Y POR TANTO FUÑERON A SUS HIJOS Y NIETOS….
Carlos
¿Si La Madre Patria fue una de las Potencias Mundiales en el Pasado…..a tal punto de Descubrir y Colonizar el Nuevo Mundo y muchas otras Tierras en diferentes Continentes….cómo es posible que exista tanta desorganización y descuido a la hora de tramitar los documentos de LMH?…HAY SOBRADA RAZONES PARA HACER DICHA ASEVERACIÓN….. Y UDS EN SUS BOLETINES ASÍ LO HAN DENUNCIADO EN MAS DE UNA OCASIÓN!!!!.SI A ESTA LEY NO LE IBAN A DAR LA SERIEDAD QUE MERECE…NO DEBÍAN HABERLA HECHO!!!.
yani
soy nieta de partida doble española abuela y abuelo y estoy esperando la ciudadania hace 6 años me han denegado dos veses habiendo entregado el documento de inmigracion y extranjeria de cuba donde consta que ninguno de los dos se acogio a la ciudadania cubana entregue todos los documentos en regla y me denegaron dos veses apele y aun estoy esperando como puedo contactar con ustedes para que me asesoren por favor pues en el consulado de la habana ni te explican ni te dejan hablar y por cierto te maltratan los funcionarios cubanos k trabajan alli mi correo es [email protected] espero su contacto
Pedro Says :
Hola Yani:
En el curso de la semana nos pondremos en contacto contigo para ver exactamente cuál es tu situación y en qué podemos ayudarte.
Mantente al tanto de las publicaciones del blog porque próximamente abordaremos temas relacionados con testimonios de personas que han tenido denegaciones y a las que hemos ayudado.
Un saludo,
PeL
Felipe
Hola pedro a mi abuelo le llego despues de 3 anos una carta del consulado espanol , que se presente con su carnet de identidad vigente , es una citacion diciendo que el objetivo de su presencia es cumplir objetivos de cumplir diligencias de su interes , ? A que se refiere , para que sera ?
Pedro Says :
Hola Felipe:
Pues me pasa lo mismo que a ti…Ojalá tuviera la bola de cristal para adivinar !!
Conjeturas podemos hacer muchas, pero para darle la nacionalidad no debe ser porque este procedimiento es muy simple: enviarte vía correo certificado el pergamino o Partida española de tu abuelo a su casa.
Así que «tiento al paso que hay precipicio» es una vieja frase cubana. Cuidado…!!
Tenemos conocimiento de citaciones para asuntos nada halagüeños.
Si no está claro, aconsejo no firmar ningún documento. Que le den por escrito el motivo de la diligencia, firmado por el Consulado.
Tu abuelo puede argumentar que necesita que su abogado vea de qué se trata antes de aceptar o firmar algo.
Un saludo, Pedro
Felipe
yo se pedro , la citacion es en la
Lonja de comercio , saludos
Carmen María
Por favor necesito saber si hay posibilidad que abran nuevamente para los nietos y en que fecha
Los que no se han acogido a la ciudadania española, estamos en espera???
Pedro Says :
Hola Carmen María:
Pues queremos creer que sí, pero depende de muchísimos factores.
Sobre el punto puedes leer el siguiente artículo: «Emigración española ¿Serán reconocidos sus derechos en el nuevo gobierno?»
Aunque no somos políticos pensamos que hasta que no exista representación parlamentaria de la diáspora: se olvidarán olímpicamente de nosotros.
Si además del interés sentimental y derecho de sangre, estuviera interesada en venir legalmente a España podríamos ayudarle si tiene solvencia económica para costearse estudios acá y le interesara esta variante.
Visite este enlace para más detalles
Un saludo afectuoso,
PeL
Saludos, PeL
MIRIAM FALCON HERRERA
POR FAVOR NECESITO ME AYUDEN A SABER COMO SE ENCUENTRA N\MI SOLICITUD DE CIUDADANIA POR LA LMH, A NOMBRE DE REY JOSE MENA ARGUELLES CUYO TRAMITE INICIE EN EL CONSULADO ESPANOL DE LA HABANA EL 25 DE ENERO DE 2011 Y CUYO EXPEDIENTE ES EL NO.250111-427938 Y A PESAR QUE SE ME HIZO DOS REQUERIMIENTOS LOS MISMOS FUERON ENTREGADOS Y EL ULTIMO O SEA EL SEGUNDO FUE ENTREGADO EL 14 DE ABRIL DEL 2015 Y HASTA LA FECHA NO HAN INFORMADO NADA DEL EXPEDIENTE, POR FAVOR QUISIERA QUE ME AYUDARAN A CONOCER DE MI PROCESO SI ACASO HUBIESE SIDO DENEGADO PORQUE NO SE LO INFORMAN A LOS INTERESADOS.
EN ESPERA DE SU AYUDA QUEDA DE USTED
REY JOSE MENA ARGUELLES
Pedro Says :
Estimada Miriam:
Nosotros radicamos en Barcelona, España y no podemos darte información acerca de vuestro expediente o el de tu familia, por tanto lo sentimos.
La ayuda está en ti misma, que evalúes por qué tu expediente está varado
Pero voy a darte más detalles acerca de tu consulta…
Primera Consulta: Recién hemos publicado este artículo «Guía auto-aprendizaje para Nietos emigrantes españoles esperando aún nacionalidad» para que tú misma evalúes si el expediente tuyo está completo o no.
Así que bájate la Guía y haz un diagnóstico de tu expediente, porque si no está completo demorarás muchos años en que te lo resuelvan. Recuerda que un requerimiento, según ha reconocido el Consulado, demora 34 meses, casi 3 años en tramitarse e incluirse en el Expediente.
Al final de ese artículo del que te hablo podrás leer lo siguiente:
Si no puedes o no tienes tiempo para resolverlo, nosotros te podemos ayudar si aceptas nuestro Términos y condiciones.
El servicio más asequible, que te podemos ofertar, en sí consta de dos pasos:
Acciones a concertar para el asesoramiento y acompañamiento virtual de la situación del Expediente Nacionalidad del cliente, en el Consulado español de La Habana:
1.- Estudiar el caso nuevamente a la luz de la DA 7ma de la Ley de Memoria Histórica, de la INSTRUCCIÓN de 4 de noviembre de 2008, de la DGRN, sobre el derecho de opción a la nacionalidad española establecido en la Instrucción de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre y la Jurisprudencia actual del Ministerio de Justicia y los Tribunales españoles competentes.
2.- Si el expediente estuviera completo pero no resuelto, entonces proceder a elaborar un Rogatorio directamente al Cónsul del Registro Civil consular mediante correspondencia especial de Correo Administrativo certificada en soporte de papel exponiendo el caso: Dar nuestras apreciaciones según la legislación vigente en el tema y solicitar que se pronuncie al respecto a la mayor brevedad posible.
Los honorarios por estos dos pasos podría estar, según la complejidad del asunto, debe consultarlo a este Despacho
Si te pareciera bien así dímelo para enviarte el contrato que debemos firmar entre las dos partes para dejar constancia de nuestros servicios y de las obligaciones de ambas partes.
Por favor, si no tienes posibilidad económica o no estás segura de que nuestro servicio pueda ser provechoso para ti: NO NOS HAGAS PERDER EL TIEMPO.
El Despacho requerirá al cliente la documentación necesaria para brindar el Servicio indicado. Dichos documentos se harán llegar a través de archivos escaneados adjuntos, dirigidos a nuestro buzón.
Asimismo es necesaria la información tuya o de Rey Mena. Esto es dirección postal, Nº de teléfono, pasaporte o documento de identidad, etc para elaborar el contrato
Estos son a grosso modo los requisitos para revisar y si fuera el caso, pedir a la Cónsul del RC que resuelva el expediente, luego de que comprobemos que está completo según la legislación española.
A través de este sitio o nuestro blog puede mantenerse al tanto de las novedades acerca de la posible promulgación de una nueva Ley para ampliar los beneficiarios, si es que sucede en el futuro.
Para ver los Testimonios de quiénes fueron nuestros clientes antes puede seguir este enlace
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Un saludo,
PeL