«Es de sentido común elegir un método y probarlo. Si falla, admitirlo francamente y probar con otro. Pero, sobre todo, intentar algo» Franklin Roosevelt
Consultas más frecuentes recibidas en el Grupo
Homologaciones de estudios en España
Reanudamos en 2022 este servicio
A partir de enero del año 2022 hemos decidido continuar prestando el servicio de asesoramiento y presentación solicitudes de homologaciones de estudios UNIVERSITARIOS extranjeros en España. La tramitación se realiza en Madrid.
Para informarse acerca de este servicio puede dirigirse a este enlace de la página del Ministerio de Universidades.
Si desea contar con nuestros servicios escríbanos o póngase en contacto con el Grupo Doble R-Barcelona [asesores@grupodobler.com]
Consultas sobre reconocimiento en España de divorcio en el extranjero
Exequátur
Consulta: Reconocimiento del divorcio por la ley cubana en España
Hola.
Me pongo en contacto con ustedes pues necesito saber si pueden ayudarme con la tramitación de ver cómo se puede registrar el divorcio de ella en el consulado español. Mi madre está ya divorciada en Cuba por la ley cubana pero aún no ha registrado dicho divorcio en el consulado español y ella ahora mismo se encuentra en Cuba y el cónyuge se encuentra aquí en España.
Pueden ustedes por alguna vía tramitarle ese divorcio consular a ella desde aquí de España. Si me pueden ayudar.
Respuesta a su consulta
El procedimiento por el que UD se interesa se llama ‘exequátur‘ y es el reconocimiento por España de una sentencia (de divorcio) de un tribunal extranjero. También puede ser un divorcio notarial, que en Cuba se aplica, aunque es más complicada su resolución.
Si UD desea que nos hagamos cargo de la tramitación del reconocimiento del divorcio en Cuba por la Ley española, debe enviarnos documentos de su madre, la sentencia de divorcio, etc. para un primer acercamiento al asunto.
Cuando hayamos revisado la documentación le daremos el pronóstico de honorarios y le indicaremos el resto de la documentación a aportar.
Consulta sobre Arraigo Familiar
(hijos/as de españoles Ley Nietos)
Respuesta
Los Consulados no emiten visados para viajar a España y aplicar por la normativa que hemos explicado. Imagina que en Cuba deben haber entre 100 y 300 mil hijos mayores de edad de los nuevos españoles por Ley Nietos.
Ahora bien, existe la posibilidad de solicitar una visa temporal y en el período de tiempo que dure esta visa, aplicar por la normativa…pero para ello es el hijo/a el que debe promover el visado.
Tenemos experiencia en tal sentido y si tienes posibilidades para contratar nuestros servicios: podríamos estudiar tu caso en detalles y darte nuestra opinión al respecto, con una pequeña prestación.
Las opciones factibles serían (dependiendo de las características del caso):
- Visado de corta duración: asistencia a congresos en la Unión Europea, cartas de invitación si el padre/madre español está residiendo en España, turismo en España, etc.
- Visado de estudios para aquellos que deseen cursarlos en una Academia particular en España. Para ello debe tener un interés legítimo y una solvencia económica suficiente, según las exigencias del Estado español.
- Encontrar una oferta de empleo por cuenta ajena de un empresario español
En todos estos casos podemos prestar el servicio de asesoramiento-acompañamiento integral…
Si deseas una consulta del caso debes darnos una serie de datos: personales, lugar de residencia, documentos escaneados que demuestren la condición de hijo de español de origen, etc.
Herencias en España descendientes de emigrantes
Información previa y acopio de documentos
Respuesta
Puede consultar estos artículos publicados en nuestro blog que comentan con detalles el asunto de las posibles herencias aún pendientes de reclamación en España de emigrantes españoles a América Latina. Estos son los más cercanos en el tiempo…
- Herencias España: parentesco con emigrantes y otros temas//http://bit.ly/2s8ipkz
- 5 pasos iniciales reclamar herencias España: hijos-nietos de emigrantes//http://bit.ly/2psN5dQ
- Descendientes de emigrantes y posibles herencias en España//http://bit.ly/2IpQbJJ
Comentarios sobre posibles herencias en España
Los descendientes de emigrantes que tengan razones bien fundadas de posibles propiedades de sus padres-abuelos-bisabuelos en España necesitan informarnos de los datos que poseen para valorar la factibilidad de la investigación pertinente.
Hemos tenido casos de descendientes de emigrantes hispanos que han recurrido a nosotros diciendo que tienen una posible propiedad en España y cuando le hemos pedido demostración mediante documentos nos han dicho que no poseían ninguna documentación.
Y así es imposible hacer valer el derecho del descendiente del emigrante e impensable dedicar tiempo y dinero a una tramitación sin estar seguro de que existe tal propiedad.
Como hemos dicho, los 5 pasos que debes considerar para que tu petición sea tomada en cuenta son:
1: Informarse adecuadamente y tener suficientes evidencias documentales (no orales) de las posibles propiedades
2: Obtención de certificado de defunción y Certificado de últimas voluntades del abuelo emigrante (si existiera)
3: Si existe el Certificado de Últimas voluntades: Verificar si el abuelo testó antes de morir
4: Tramitación de declaración de herederos, si el abuelo no dejó testamento
5: Realizar inventario de bienes y deudas que componen la herencia, si existe en España y todos los descendientes se unen para solicitarla.
Si nuestra explicación no ha sido suficientemente clara, póngase al habla con un abogado especialista en temas hereditarios en su ciudad para que le explique los pasos iniciales que debe dar.
Si todo lo que UD nos diga se puede demostrar documentalmente, estaríamos dispuestos a representarle…
Pistas para afirmar que tenemos derecho a una propiedad en España
¿Cuáles podrían ser estos elementos (entre otros muchos)?
- Que algún pariente de la familia española haya contactado, visitado o enviado algún familiar o abogado al país de acogida proponiendo comprar la propiedad o pidiendo un Poder Notarial a cambio de una cantidad de dinero. Generalmente estas cantidades son ínfimas comparadas con el valor real de la propiedad
- Tener cartas de la familia, hijuelas de partición u otros documentos que demuestren fehacientemente la existencia de tal propiedad
- Poseer un Acta o Certificado de últimas voluntades del abuelo emigrante
- Conocer el lugar donde se encuentra la propiedad inmobiliaria
Si deseas más información te sugerimos que leas (clicando o copiando la dirección del enlace):
“5 pasos iniciales reclamar herencias España: hijos-nietos de emigrantes”
Si los herederos no cuentan con recursos para acceder a la herencia, entonces el Grupo Doble R les propondrá variantes de acuerdo para asesorarlos
Edición Semanal