Emigración española
Preámbulo necesario y ayudas de subsistencia
Uno de los grandes logros de la diáspora española lo constituye sin duda el Estatuto de la Ciudadanía española en el Exterior
Este quedó aprobado el 14 de diciembre de 2006 bajo la rúbrica del presidente socialista José Luis Rodríguez Zapatero y del Rey Juan Carlos I
Estatuto Ciudadanía Española en el Exterior
El prólogo fue escrito por el Sr. Caldera. En este documento fundamental de la Emigración española se dice:
Como herencia, en gran parte, de nuestra historia migratoria, nos encontramos con un hecho incuestionable: la existencia de alrededor de más de millón y medio de españoles residiendo fuera del territorio español. Una realidad que, por su condición y características singulares, exige de un tratamiento específico que garantice, a este colectivo, el pleno ejercicio de los derechos y deberes recogidos en nuestra Constitución
Más adelante el ex-ministro de Trabajo y Seguridad Social del gobierno de Zapatero remata con la siguiente aseveración
Con la promulgación del Estatuto, el ejercicio de los derechos de los españoles en el exterior está garantizado. Desde el derecho al voto, hasta el derecho a recibir una prestación económica en situacio- nes de necesidad, pasando por el derecho a la asistencia sanitaria, a la educación y la cultura, a facilitar el empleo y el retorno, entre otros, la Ley equipara los derechos de los españoles en el exterior con el resto de los españoles. Sin duda, unos derechos de justicia
Estatuto de la Ciudadanía española en el Exterior
Contenido en la LEY 40/2006
Como se sabe el Estatuto de la Ciudadanía española en el Exterior quedó refrendada en la LEY 40/2006, de 14 de diciembre y aunque algunos de sus postulados fueron después vulnerados, en especial por el actual Ejecutivo, su espíritu está presente en la diáspora y en sus representantes bajo el CGCEE (Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior)
En la Exposición de Motivos de esta Ley podemos leer algo de lo que ya hemos hablado en muchas ocasiones en este blog
Es el papel (ninguneado hasta ahora) de la MUJER española.
Ayer Edilia, una seguidora de esta bitácora digital nos preguntaba sobre el tema de las ayudas
Estamos a casi dos meses de iniciado del año 2017
Venimos a recordar a aquellos en situación de vulnerabilidad en el extranjero: las ayudas a la personas emigradas que lo necesitan
Emigración española
Ayudas de subsistencia 2017, españoles en Argentina
En orden alfabético, los emigrantes españoles en Argentina, uno de los Grandes de la Emigración, como acostumbramos llamar a los 6 países iberoamericanos, estos son:
Argentina, Cuba, Brasil, Venezuela, Uruguay y México
Y que en las centurias anteriores acogieron a los españoles en sus tierras
El Consulado de Buenos Aires señala en su Web que existen tres tipos de ayudas que pueden tramitarse a través de la sede consular:
-
De subsistencia
-
Extraordinarias
-
Ayudas económicas a las instituciones asistenciales
En todos los casos de españoles residentes en este país, visitar la Web del consulado para informarse en detalle acerca de estos extremos.
El enlace es este
Emigración española
Ayudas de subsistencia 2017, españoles en Cuba
En el caso de la Isla Caribeña, el segundo de los grandes en la acogida de la Emigración española en Iberoamérica el Consulado ha elaborado, como en otros años, una Guía para informar de las ayudas de Subsistencia para este año 2017
Los residentes españoles en Cuba podrán solicitar estas ayudas si reúnen una serie de requisitos que podemos resumir así:
Estar dado de alta en el Registro del Consulado
Carecer de medios de subsistencia, siendo mayor de 65 años o si es menor de esta edad, estar incapacitado para trabajar
Invalidan el derecho a este tipo de ayudas si el solicitante ha recibido durante el año algunas de las variadas ayudas que brinda el Estado español, ya sea a través de las CCAA, del Ministerio del Trabajo, de los Ayuntamientos, etc
Si la unidad familiar del ciudadano español recibe un percápita superior a 200.00 € u otro miembro ha recibido esta ayuda del Consulado, tampoco será compatible para solicitar la ayuda
Las planillas o formularios para solicitar la ayuda y la Guía informativa podrá bajarla de este sitio
Puede recogerla en la ventanilla del propio consulado en horario laboral de lunes a viernes
La información y los documentos a conocer por los españoles en Cuba
Solicitud de las Ayudas de Subsistencia 2017
Ayudas Subsistencia CE Habana, 2017
También se podrán recoger estos impresos en las oficinas del Consejos de Residentes Españoles
En las asociaciones de las CCAA y en los vice-consulados honorarios existentes en la Isla (Sta. Clara, Camagüey, Santiago de Cuba)
Puede entregadas en el propio Consulado General, en los viceconsulados honorarios
Y otra opción: enviados por correo postal certificado a la siguiente dirección
CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA EN LA HABANA.
Sección de ayudas. Solicitud 2017.
Calle Zulueta no 2 esquina Cárcel,
HABANA VIEJA, CP 10100 (Ciudad de la Habana).
Plazo de entrega de las solicitudes hasta el 31 de marzo de 2017
El resto de los detalles
- cómo rellenar el Formulario,
- documentos que deben adjuntar a las solicitudes
- otros: puede verlo bajando la planilla y la Guía que le acompaña
Esperamos sus comentarios: déjenos su parecer !!
Edición Martes
Gabriel espino
Hola mi madre es ciudadano española tiene la ley de origen por ser sus dos padres españoles legítimos tiene 69 años vive en cuba como puede hacer para solicitar es ayuda en la embajada española y como puede sacar cita para solicitar la ayuda quisiera saber qué puedo hacer gracias Gabriel
Pedro Says :
Hola Gabriel:
Disculpa porque somos muy malos explicando en nuestros artículos o UD no llegó hasta el final del mismo…Fíjese lo que digo en la parte correspondiente a los españoles en Cuba…
y copio-pego:
La información y los documentos a conocer por los españoles en Cuba
Solicitud de las Ayudas de Subsistencia 2017
Guía Informativa y Planila de Solicitud, Ayudas de Subsistencia en Cuba
Ayudas Guía-Planilla d Solicitud 2017, CE La Habana, Cuba
También se podrán recoger estos impresos en las oficinas del Consejos de Residentes Españoles
En las asociaciones de las CCAA y en los vice-consulados honorarios existentes en la Isla (Sta. Clara, Camagüey, Santiago de Cuba)
Puede entregarlas en el propio Consulado General, en los viceconsulados honorarios
Y otra opción: enviados por correo postal certificado a la siguiente dirección
CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA EN LA HABANA.
Sección de ayudas. Solicitud 2017.
Calle Zulueta no 2 esquina Cárcel,
HABANA VIEJA, CP 10100 (Ciudad de la Habana).
Plazo de entrega de las solicitudes hasta el 31 de marzo de 2017
El resto de los detalles
cómo rellenar el Formulario,
documentos que deben adjuntar a las solicitudes
otros: puede verlo bajando la planilla y la Guía que le acompaña
Bájese los documentos, léalo con detenimiento y luego envíe la solicitud a la dirección postal que aparece más arriba…
Más claro, imposible…!!
Un saludo afectuoso y suerte,
Pedro
Dannys
Necesito por favor saber donde puedo descargar las planillas de ayudas de subsistencia, pues el enlace que dejan me remite a una página que dice (textualmente): Archivo no encontrado
Este archivo ya no está aquí. Es posible que se haya movido o que ahora sea privado.
Pedro Says :
Hola Dannys:
Gracias por avisarnos…el enlace se rompió y no estaba funcionando.
Ahora ha sido corregido y puedes bajar la Guía y la planilla de solicitud. Esta viene al final del documento que vas a bajar.
Un saludo y suerte,
Pedro
Julio
Hola, no encuentro el link de descarga de las planillas, por favor, sl2
Pedro Says :
Hola Julio:
El enlace se rompió pero ya fue restablecido hace días…
El nuevo enlace es este, clika aquí…
Y date prisa porque el plazo de presentación acaba pronto. Estos documentos puedes tb recogerlos en el propio consulado o bajarlo de la Web del CE en La Habana.
Un saludo,Pedro
Ernesto
Hola, se que este anuncio es del año pasado, pero quisiera saber si hay alguna vía para verificar los resultados de estas solicitudes de subsistencia. Gracias
Pedro Says :
Hola Ernesto:
No tenemos información de la adjudicación de las ayudas. Este es un tema que debes verificar con el Consulado.
Por experiencia te decimos que el silencio administrativo suele ser que no alcanzó el dinero para la solicitud. Cuando se le asigna la ayuda al ciudadano español el Consulado lo cita formalmente.
Aunque el procedimiento puede haber cambiado… también es cierto.
Lo que logres averiguar, por favor compártelo aquí para que sirva para otros.
Un saludo y suerte, PeL