Demanda LUNDEE

Aún no arribamos a las 1000 firmas

 

Demanda LUNDEE

 

Proyecto de Ley Única de Nacionalidad para Descendientes de Emigrantes Españoles (LUNDEE)

 

Según nuestra opinión los principios básicos para que exista una solución definitiva al tema de los derechos de los descendientes de emigrantes españoles en el mundo, especialmente, los emigrantes a América Latina, deberían ser los que mencionamos a continuación.

Es posible que pueda faltar alguno, pero en general estaría cubierto el mayor espectro. Daremos un correo electrónico al final de este post para que los afectados puedan trasmitirnos sus puntos de vista y sus sugerencias sobre el asunto. Estas opiniones podrán ser publicadas en este blog si los autores del mismo lo consideran oportuno.

Los principios que se cumplen, según esta opinión serían:

  • La normativa sería permanente y por tanto no dejaría fuera a aquellas personas que no se enteren a tiempo, que no encuentren los papeles en tiempo, etc de las nuevas normativas o modificaciones del Código Civil español que se han sacado en los últimos 25 años en España.
  • El requisito básico es demostrar la relación de sangre con los padres o abuelos. Es decir la relación de parentesco o filiación. No excluye a las mujeres españolas emigrantes, ni aquellos a los que el Estado español ha privado de su nacionalidad y ha convertido en apátridas.
  • Para evitar esto en el futuro se le quita al Estado el derecho de privar a los ciudadanos españoles de su nacionalidad en cualquier momento de su vida y se pasa este derecho a las personas. Si alguien desea renunciar a su nacionalidad por cualquier motivo puede hacerlo en el extranjero presentando un escrito de solicitud dirigido al Registro Civil Consular.
  • Desde nuestra perspectiva proponemos una solución aceptable al tema de los cónyuges de españoles
  • El punto 4 da al Estado la facultad de no otorgar la nacionalidad española aunque cumpla los requisitos de ius sanguinis, si el aspirante ha sido condenado por delitos graves contenidos en la legislación española.
  • El punto 5 va dirigido a tratar de solventar a esas decenas de miles de descendientes de emigrantes españoles que no consiguen los documentos de sus ascendientes por causas ajenas a su voluntad y que deberían ser asumidos por el Estado que debería estar para encontrar solución a estos problemas en los que la gente de a pie quedan totalmente desamparados

Como pueden ver a continuación hemos usado un lenguaje alejado de tecnicismos legales, para que el mensaje pueda llegar a la inmensa mayoría de los interesados. Aquí como en otros temas, aplicamos la máxima de Eduardo Galeano que reza: «El lenguaje hermético no siempre es el precio inevitable de la profundidad. Puede esconder simplemente, en algunos casos, una incapacidad de comunicación elevada a la categoría de virtud intelectual. Sospecho que el aburrimiento sirve así, a menudo, para bendecir el orden establecido: confirma que el conocimiento es privilegio de élites»

Anteproyecto de principios básicos de una posible Ley Única de Nacionalidad para Descendientes de Emigrantes Españoles (LUNDEE)
 
Solicitando opiniones de los firmantes de la Demanda en Change.es,
 los colaboradores y los clientes de Doble R
 

 

I) Podrá obtener la nacionalidad española los hijos/as y nietos/as de emigrante español/a si se prueba documentalmente la filiación. El derecho no tendrá caducidad en el tiempo

II) La nacionalidad española no se pierde a no ser por declaración escrita de renuncia a tal condición. Todas aquellas personas que hayan obtenido la nacionalidad por sus padres o abuelos y que residan en el extranjero, podrán renunciar a la nacionalidad mediante declaración escrita en cualquier momento que así lo soliciten.

III) El cónyuge extranjero de ciudadano/a español/a podrá adquirir la nacionalidad española cuando resida legalmente durante al menos seis meses en el territorio español, cuando tengan descendencia común dentro del Matrimonio o después de cinco años de la fecha del mismo, si no ha habido disolución, anulación o cesación de los efectos civiles y si no subsiste separación legal. 

IV) Será impedimento para la adquisición de la nacionalidad española por el artículo primero de este proyecto, la condena firme por delitos graves contenidos en la legislación española.

V) El Ministerio de Justicia establecerá el procedimiento para la inscripción fuera de plazo de aquellos ciudadanos españoles/as emigrantes cuyos documentos registrales (del registro civil y parroquiales) hayan sido destruidos durante la Guerra Civil española u otra catástrofe reconocida. Dichas inscripciones podrán acreditar la nacionalidad española del emigrante a los efectos del derecho de obtención de la nacionalidad española.

VI y más….A partir de las sugerencias que envíen los consultados.
Los comentarios sobre estas ideas genéricas de la posible nueva Ley pueden hacerlos a la siguiente dirección [[email protected]]

Demanda LUNDEE

Palabras finales para nuestros lectores

 
A pesar de los insuficientes apoyos en estos 6 meses de lanzada la convocatoria para firmar la Demanda pública, aún no arribamos a las 1000 firmas, continuamos pensando de que es muy importante el apoyo de los afectados para obtener la victoria en esta causa.
Doble R, patentiza, a pesar de algunas ingratitudes e incomprensiones recibidas, que no nos mueve ánimo de lucro en este objetivo.
Con nuestro trabajo serio y trasparente en el Despacho del Dr. Terradas y de nuestros agentes o representantes en Cuba, Argentina, EEUU, Venezuela y España peninsular y Canarias, nos ganamos honestamente la vida.
Por esta campaña Solidaria, no recibimos un duro, sólo es el dictado de nuestras conciencias.
Ha sido siempre nuestro objetivo reivindicar los derechos conculcados de los descendientes de emigrantes españoles a América Latina, porque muchos de nosotros somos parte de esta Generación Recuperada y porque es una causa justa.
Además vivimos en España y consideramos que los derechos de los emigrantes españoles no son reconocidos adecuadamente en este país. Enmendar este despropósito sería algo bueno para España y sus retoños en cualquier lugar del mundo. Si no lo exigimos nosotros será imposible que lo haga el Estado español al cual no le importamos lo suficiente.