Trámites Extranjería

La Instrucción de Arraigo familiar para hijos-nietos españoles de origen

 

Fragmento d Instruc arraigo familiar

Fragmento Instrucción Arraigo Familiar, que «¿beneficia?» a hijos de español d origen

 

Cuando salió la primera versión de esta normativa se resolvieron muchas residencias legales de hijos-nietos de emigrantes españoles que estaban acá en ese momento

Luego, debido al surgimiento en el año 2008 de la certeza de la Ley de Memoria Histórica, la Instrucción cambió

Exige hasta hoy que el hijo-nieto de emigrante español haya entrado con un visado de residencia.

Deja prácticamente sin beneficios a los descendientes de la diáspora española.

La famosa y engañosa Instrucción de Arraigo para otorgar la residencia temporal por circunstancias excepcionales cuando se trate de hijos de padre-madre que hubieran sido españoles de origen tiene trampa como muchos dicen en España cuando hay algo escondido en una afirmación tan sonora como esta.
La Instrucción dice en la introducción que su objetivo es clarificar las dudas que ha originado el Reglamento de la Ley 4/2000 que es conocido como Reglamento de Extranjería.
En su primer punto dice que se podrá conceder una autorización de residencia temporal…al extranjero que acredite ser hijo de padre o madre que hubieran sido españoles de origen, siempre que reúnan los requisitos:
a.- Carecer de Antecedentes Penales en España y en su país de origen.
b.- No tener prohibida la entrada en España

Más adelante dan una conferencia para explicar lo que es un español de origen…
Hablan del artículo 17 del Código Civil que ha sido modificado varias veces, etc
Finalmente dicen que la nacionalidad del abuelo o abuela no determina por sí misma la nacionalidad española de origen del nieto o nieta.

Trámites Extranjería

La Instrucción de Arraigo familiar para hijos-nietos españoles de origen ¿es una tomadura de pelo?

 

 

Nos han contactado desde Venezuela con este tema porque un hijo de un español por Ley de Nietos está de visita en España y desearía quedarse residiendo…tal como ha pasado con el chileno que hemos publicado antes

 

 

Memoria de emigrantes españoles a América Latina

 

Nuestra respuesta ha sido:
«La situación de su hijo acá es difícil de solucionar porque el Reglamento de Extranjería no permite que se obtenga residencia legal si no ha entrado con el visado correspondiente»
Existe la oportunidad del arraigo familiar para los nietos como su hijo pero se exige que esté ya residiendo legalmente para aplicar por este concepto.
Le estoy adjuntando la INSTRUCCION_10-2008.Arraigo familiar, hijos-nietos español origen donde se le da el derecho a los hijos-nietos de emigrantes españoles a obtener una Residencia legal por Arraigo pero si vamos a lo que dice el Reglamento de Extranjería vemos esto:
Residencia temporal
Artículo 45. Definición y supuestos de residencia temporal.
1. Se halla en la situación de residencia temporal el extranjero que se encuentre autorizado a permanecer en España por un periodo superior a noventa días e inferior a cinco años, sin perjuicio de lo establecido en materia de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado.
2. Los extranjeros en situación de residencia temporal serán titulares de uno de los siguientes tipos de autorización:
a) Autorización de residencia temporal no lucrativa.
b) Autorización de residencia temporal por reagrupación familiar.
c) Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
d) Autorización de residencia temporal y trabajo para investigación.
e) Autorización de residencia temporal y trabajo de profesionales altamente cualificados titulares de una Tarjeta azul-UE.
f) Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada.
g) Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
h) Autorización de residencia temporal y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.
i) Autorización de residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo.
Entonces, tienen razón los abogados que le han atendido en Madrid

¿Es beneficiosa ahora la Instrucción de Arraigo familiar para hijos-nietos españoles de origen?

Pues evidentemente no es beneficiosa y tampoco tiene una aplicabilidad actual.

¿Por qué…?
Desencuentros-c-Emigración-españ.p-Cext

 

Si entras a España con visado de trabajo por cuenta ajena o propia no tiene sentido que luego solicites una residencia temporal por un año usando la Instrucción de Arraigo Familiar

Si estás irregular tampoco puedes aplicar porque no te lo permite como hemos visto más arriba.
Habría varias maneras de obtener residencia legal, pero siempre pasa por venir con un visado desde origen
  1. Que regrese a su país natal y venga con una oferta de empleo por cuenta ajena, si le fuera posible
  2. Si tiene cierta solvencia, que contrate un curso oficial en una institución educativa en España y que venga con un Visado de Estancia por Estudios emitido por el consulado español en Caracas. Luego puede pasar a Residencia si encuentra una oferta de empleo
  3. Si no puede las dos anteriores: que espere definitivamente los 3 años (empadronado en un ayuntamiento donde resida) y aplicar por Arraigo social. Lo anterior es contrario a derecho porque queda irregular

 

Resumen del asunto

La Instrucción de Arraigo no beneficia a los hijos de los nuevos ciudadanos españoles por Ley Nietos, la llamada Generación Recuperada

 

La  descendencia de la diáspora es considerada muy poco en este país

Hasta que no gobiernen los progresistas no habrá solución

Los trámites extranjería  prometidos son una ilusión muy bien elaborada para quitarse de un plumazo a los descendientes

«Aquellos cuyo padre o madre, abuelo o abuela, hubieran sido originariamente españoles” que nunca se aprobó

«Frente a la fórmula finalmente aprobada que permitía a tales nietos obtener la nacionalidad española pero no a través de la opción, sino mediante la residencia legal de un año en España»

 

La tomadura de pelo es total y absoluta…!

Nos han intentado engañar mediante la ficción de la Residencia legal por un año

¿Y tú qué opinas?

 

Edición Martes