- «Lo que te mete en problemas no es lo que no sabes, sino, lo que crees saber, PERO NO ES VERDAD»…Mark Twain
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Posibles ayudas para Retornados asturianos [https://bit.ly/3wACy5M] y reacción de LMT:
Buenos dias
Que buena noticia!!!
Me encanta leer tus materiales o mensajes.Siempre traen un aliento o,cuando expones temas relacionados con procesos de nacionalidad,nos enseñas que hay que luchar y buscar,hasta la saciedad, toda la información o las pruebas necesarias para llevar a feliz término los procesos.
Te admiro y te respeto mucho…Un abrazo sincero desde C……
Otras consultas temas variados: 9/5/24
Buenos días, Respuestas a tus preguntas:
1.En septiembre mi hijo tiene el año de residencia en España, él está casado con una cubana- española y quiere presentar para la nacionalidad ? Qué documentos debe presentar para optar a la Nacionalidad española y que término de validez tienen estos documentos desde la fecha en que son expedidos?.
Si el NIE está emitido hace un año, tiene derecho pero antes debe hacer el Examen de Nacionalidad en el Instituto Cervantes. Documentos cubanos: Cert. Nacim. legalizados Minrex-CE Habana. De aquí varios documentos que se los pedirá el gestor que le haga la solicitud nacionalidad por residencia al Min. Justicia…
2.Mi hijo y mi nuera me van a hacer una Carta de invitación para que yo pase el fin de año y mi cumpleaños (que es en enero) con ellos. Además ellos quieren hacerme una residencia por arraigo u otro tipo de residencia.? Es posible hacerme una residencia si yo cumpliré 60 años en enero, que requisitos debo cumplir para hacer la residencia y que documentos presentar?
Rpta desde Doble R-Retorno a las Raíces-Barcelona:
. ..Ahora mismo no estoy actualizado en TEMAS DE EXTRANJERÍA como el que me comentas, pues desde hace varios años me desligué de trámites de extranjería.
3.De acuerdo a la LMD pueden optar,entre otros,los hijos y nietos de los originariamente españoles.Hay personas que, en otro momento, solicitaron y le otorgaron la nacionalidad española por recuperación, y ahora hay nietos de esas personas que desean optar por el Anexo 1, por ser nietos de españoles y yo tengo dudas sobre eso porque los que hicieron la nacionalidad por recuperación tengo entendido que no son originariamente españoles.
Rpta desde Doble R-Retorno a las Raíces-Barcelona:
La diferencia es semántica, por obra y gracia del estado español:
a.- Los originariamente españoles son, según la teoría de la DGSJFP, los nacidos en España e hijos de españoles
b.- Los españoles de origen, según esta teoría, son los hijos (y nietos en el caso de los que la obtuvieron por LMH o por LMD) de españoles nacidos fuera de España.
La abogada y catedrática (Derecho Internacional Privado) Aurelia Alvarez se ha pronunciado varias veces en el sentido de que debería eliminarse esta separación… pero no hay respuesta al respecto
3.De acuerdo a la LMD pueden optar, entre otros, los hijos y nietos de los originariamente españoles.Hay personas que,en otro momento, solicitaron y le otorgaron la nacionalidad española por recuperación, y ahora hay nietos de esas personas que desean optar por el Anexo 1, por ser nietos de españoles y yo tengo dudas sobre eso porque los que hicieron la nacionalidad por recuperación tengo entendido que no son originariamente españoles.
Rpta desde Doble R-Retorno a las Raíces-Barcelona:
Esto ya te lo había explicado, como puedes ver, pero al parecer no me hice entender, EL TÉRMINO RECUPERAR SIGNIFICA QUE ERA ALGO QUE TENÍAS PERO QUE LO PERDISTE EN ALGÚN MOMENTO…por tanto los españoles que Recuperaron su nacionalidad son españoles de origen y sus hijos-nietos del que Recuperó tienen derecho a optar a la LMD
Búsquedas de partidas de nacimiento en España
Buenas noches ¿cómo puedo buscar a Pedro D…. C…… y Carmen S…… S……. son emigrantes Españoles de Islas Canarias?
Rpta desde Doble R-Retorno a las Raíces-Barcelona:
Buenas tardes de nuevo, estimada señora:
Creo que lo mejor sería que siguieran nuestros consejos para buscar los datos en el país de acogida, rellenando el Árbol Genealógico que está publicado por nosotros…porque la Comunidad Autónoma de Canarias tiene dos provincias: Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas, entre ambas tienen casi 100 Registros Civiles y/o Juzgados de Paz.
Si UD paga a nuestros gestores para que hagan una Búsqueda en cada uno ¿……?, entonces podríamos hacernos cargo de remediar su desconocimiento de los datos de su bisabuelo.
Le adjuntamos un enlace para que UD mismo sepa cómo hacer la búsqueda de los datos. Clicke aquí o copie este enlace: https://bit.ly/3LCslJ4
Si este sencillo algoritmo le puede ayudar sería una búsqueda más efectiva y sensiblemente más barata.
Los datos para que alguno de nuestros gestores se haga cargo de las pesquisas debería darnos los datos siguientes:
Nombre-apellidos del emigrante español (UD lo tiene) y nombre de sus padres: NO lo aporta.
Fecha aproximada de nacimiento: NO la aporta.
Municipio español del nacimiento: Falta,NO lo aporta.
https://www.grupodobler.com/wp-content/uploads/No-pida-ayuda-si-no-esta-dispuesto-a-aprender-1.jpg
Para prestar el servicio le propondríamos un pequeño contrato con los Términos y condiciones del servicio.
¿Cuándo es necesario subsanar un error o cambio en una partida o certificado de nacimiento…?
LMT me dice: Por aquí bien.Hoy cumplo 37 años de graduada como abogada…
Pedro discúlpame que yo te chivo tanto preguntándote pero me gusta mucho la manera en que razonas los problemas y tus respuestas exactas y correctas.
Tengo una duda:
«…hoy atendí a una mujer cuyo abuelo español en su certificado de nacimiento español tiene el apellido «de Celaya«, sin embargo en todos los documentos de Cuba tiene el apellido Celaya.Mi pregunta es ? Esa diferencia entre «de Celaya» y «Celaya» hay que subsanarla??. Te agradezco, una vez más, tu ayuda»
Rpta desde Doble R-Retorno a las Raíces-Barcelona:
Hola LMT, agradezco tus palabras…«Cada funcionario del Registro civil consular puede tener sus propios criterios porque en principio esta diferencia entre el apellido en el RC español y el ‘adquirido’ en Cuba es significativo y normalmente (según mi experiencia) son bastante exigentes en este sentido».
Si la obtención de la Nacionalidad española (en esta ventana abierta hasta octubre del año 2025) es una oportunidad única para tener una libertad nunca vista para la inmensa mayoría de los cubanos, por tanto me decanto por decirte QUE DEBERÍA SUBSANARSE LA OMISIÓN porque luego de que le hagan un requerimiento en el momento de presentación le darán entre 90 y 180 días para presentar la subsanación. El procedimiento completo es complicado, tú debes conocerlo. En España la legalización de la partida en 3 o 4 instancias (depende si es partida del RC o partida de bautismo)…para conocer más acerca del procedimiento de legalización te sugiero que leas nuestras preguntas frecuentes: https://bit.ly/2V2CHqq
Muchisimas gracias por tu explicación tan atinada. Yo le explicaba a la muchacha lo mismo, además porque tengo el antecedente de una señora que atendí en el año 2018 porque había sido denegada por un apellido español » de la Cruz» y uno cubano «Cruz»