20 Propuestas enmendando el texto original
¿Se acaba el consenso?
Propuesta Ley
Debemos confesar que se agota la paciencia con la forma de legislar en España acerca de los derechos de los descendientes de los emigrantes españoles.
Cuando parece estar encaminado el proceso surgen de la nada obstáculos que parecen insalvables y enturbian el camino
Partimos del supuesto que en este país debería haber una Ley de Nacionalidad que incluya todas las vías para acceder a esta condición
En dicha norma (pretendida pero no lograda) deberían estar en primer plano los hijos y nietos de los emigrantes de la diáspora
Ahora cuando el horizonte parecía despejado y se vislumbraba cierto consenso en la Propuesta más lúcida, todo se deshace y volvemos a la anarquía.
¿Cuál es la clave de esta nueva falta de consenso y de voluntad política para sacar adelante lo que podría ser una buena propuesta?
Pues son las 20 propuestas de enmiendas presentadas recientemente por los grupos políticos en el Parlamento.
Recordemos en esta imagen las múltiples mentiras sobre el asunto que nos han dicho antes el PSOE y el PP
ÍNDICE DE ENMIENDAS AL ARTICULADO
Propuesta Ley
Veamos las enmiendas a cada artículo de la Propuesta
- Exposición de motivos. Sin enmiendas
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Artículo primero
- Enmienda núm. 5, del G.P. Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea
- Enmienda núm. 14, del G.P. Socialista.
- Enmienda núm. 2, del G.P. Ciudadanos, letra b).
Artículo segundo
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- Enmienda núm. 3, del G.P. Ciudadanos, apartado
- Enmienda núm. 6, del G.P. Popular, apartados 1, letra b) y 2, letra c).
- Enmienda núm. 15, del G.P. Socialista.
Artículo tercero
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- Enmienda núm. 1, del G.P. Esquerra
- Enmienda núm. 12, del G. P. Popular, apartado
- Enmienda núm. 16, del G.P. Socialista.
Disposición adicional primera
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- Enmienda núm. 17, del G.P. Socialista.
Disposición adicional segunda
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- Enmienda núm. 18, del G.P. Socialista.
Disposición derogatoria única
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- Sin enmiendas.
Disposición final primera
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- Enmienda núm. 13, del G.P. Popular, artículo 20 apartado 1, letra b).
- Enmienda núm. 9, del G.P. Popular, artículo 20 apartado 1, letra e).
- Enmienda núm. 10, del G.P. Popular, artículo 20 apartado 1, letra f).
- Enmienda núm. 4, del G.P. Ciudadanos, artículo 20 apartado 1, letra g).
- Enmienda núm. 11, del G.P. Popular, artículo 20 apartado 1, letra g).
- Enmienda núm. 19, del G.P. Socialista.
Disposición final segunda
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- Enmienda núm. 7, del G.P. Popular, a la rúbrica.
- Enmienda núm. 20, del G.P. Socialista.
Disposición final tercera
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- Sin enmiendas.
Disposición final cuarta
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- Enmienda núm. 8, del G.P. Socialista.
Total: 20 Enmiendas
Las enmiendas de ‘Esquerra’
Propuesta Ley
Esquerra hace una sola enmienda en el procedimiento de obtención de la nacionalidad propuesta por el texto original
Lo justifica señalando la siguiente argumentación:
Se entiende innecesaria la creación de un nuevo procedimiento administrativo en cuanto a la resolución de la adquisición de la nacionalidad para descendientes nacidos en el extranjero, siendo que en la actualidad existe un mecanismo vigente y en funcionamiento.
Por este motivo se sugiere que la presente ley se adapte al procedimiento administrativo utilizado actualmente.
Asimismo, este procedimiento sugerido se encontrará en acuerdo con lo estipulado en los artículos 4, 10, 11, 20, 23, 24, 30, 31, 32, 33, 34, 44, 68, 81, 82, 88, y en la disposición adicional sexta, y disposición transitoria séptima de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, cuya entrada en vigencia será el 30/06/2020.
¿Por qué es discutible esta enmienda?
Porque entre otros muchos argumentos digamos que la falta de transparencia, la precariedad y la lentitud en la resolución de los expedientes de nacionalidad en los consulados en el exterior es esperpéntica.
Recordar como ejemplo los 40 Mil expedientes de la LMH sin resolver en La Habana
Por ello debería quedar como está en la propuesta original de Unidos-Podemos
Las enmiendas de ‘Ciudadanos’
Propuesta Ley
El Partido naranja propone que el descendiente debería demostrar la pérdida de la Nacionalidad en el país de acogida de su ascendiente español
Texto que se propone:
«4. Sin perjuicio de lo anterior, será igualmente preciso aportar documentos que acrediten que la legislación del país de acogida exigía renunciar a la nacionalidad española como requisito para adoptar la nacionalidad de aquel.»
Nos parece totalmente innecesario esta supuesta mejora técnica
En la época de la avalancha migratoria hispana era necesario acceder a la nacionalidad del país de origen. Con revisar la legislación del país en cuestión sería suficiente
La segunda enmienda es una mejora a la redacción y debería tomarse en cuenta.
La auto-enmienda de Unidos-Podemos-En Comú Podem-En Marea
Propuesta Ley
El partido morado se auto-enmienda en la redacción de su Propuesta en el artículo Primero
Propone suprimir «que mantuvo su nacionalidad hasta el nacimiento de sus descendientes»
Por una frase más certera: «De esta forma podrán acceder a la nacionalidad española los nietos del emigrante español varón y […]»
Los promotores no definen la vigencia de esta futura Ley.
Algo insólito y que debería corregirse.
Esta Ley debería ser una Ley de Nacionalidad permanente en toda regla, sin tiempo acotado de vigencia.
Consumación del #IusSanguinisEsp
Por muchísimas razones que nos ahorramos ahora
Las enmiendas del Grupo del Partido Popular
Propuesta Ley
Este grupo propone abiertamente que el plazo de solicitud debe ser de dos años
Nos parece inadecuado porque debería ser una modificación del Código Civil sin caducidad en el tiempo por muchas razones que otras veces hemos comentado en esta bitácora
Lo que propone el PP es lo siguiente:
«El plazo para optar a la nacionalidad española por la vía de este apartado caduca a los dos años de la adquisición de la nacionalidad española de origen en virtud del derecho de opción por parte del padre o la madre.
En los casos en los que dicha adquisición se haya producido con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, el plazo de dos años se computará desde su entrada en vigor»
Adicionalmente hacen otras proposiciones de enmiendas de menor calado para mejorar el texto original
Las insólitas enmiendas del Grupo del Partido Socialista
Propuesta Ley
El PSOE intenta erigirse en autor original y único del proyecto
Propone suprimir todos los artículos originales del ponente para dejarlo en un artículo único
Dicho artículo único se retrotrae al Código Civil de 24 de julio de 1889
El vetusto y anacrónico CC que ya ha recibido casi una decena de modificaciones. Es tan obsoleto que no cabe ninguna mejora, si no derogarlo en lo que a nacionalidad se refiere
Otro error garrafal (además de los señalados en las declaraciones que han aparecido en los medios) es la falta de diferenciación entre emigración y exilio.
El PSOE confunde ambos términos y propone una enmienda que dice…
Asimismo tendrán derecho a optar por la nacionalidad de origen:
Los nacidos de padre o madre españoles de origen que, por motivo de exilio, se vieron forzados a renunciar a su nacionalidad
Entonces dejan fuera a la mayor parte de la diáspora hispana que emigró antes de la nefasta dictadura de Franco.
Y lo peor es que ante las críticas y las solicitudes de rectificación, nadie del PSOE ha salido a dar explicaciones o sencillamente a enmendar su desatino
Señores ‘socialistas’…
Exiliado es el que se ha visto obligado a abandonar su país de origen para recalar en un país de acogida huyendo de la represión política.
Emigrante es quien se ve empujado a abandonar su país por falta de oportunidades, buscando una mejor vida para él y su familia
La emigración y el exilio son realidades distintas
Como diría Isabel Allende en esta entrevista:
“El exilio es muy diferente a la inmigración.
El exilio es una situación en la que uno sale forzada, escapando.
Y muchas veces no tienes elección de adónde vas.
Cuando emigras, vas con la intención de triunfar al otro lugar, de salir adelante.
La posición emocional es diferente”
Volveremos pronto con más, por hoy es suficiente con 1200 palabras.
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