Mensaje para el Despacho de Doble R

Proyecto LMD

Hola, los felicito por lo que hacen.
Sí envié mi opinión aunque pienso que el contenido de las opiniones no es lo más importante sino la avalancha de mensajes, para que capten la cantidad de personas interesadas en que el tema de la recuperación de la nacionalidad.

Yo coincido con  G.A. de Argentina  en que este no es el lugar adecuado para presentar el tema sino una ley específica, en este caso la presentada al Senado.
Creo que hasta que no tengamos el poder de los votos  seguirán ignorándonos, aprecio mucho el punto de vista de ustedes al resaltar la
importancia del retorno de descendientes de españoles, que dominan el idioma, con coincidencias culturales, eso lo tiene España en
Iberoamérica, de lo cual carecen los inmigrantes de otras regiones incluida Europa.

 

LMD

A continuación lo que envié:

Opinión sobre el proyecto de Ley de Memoria Democrática

Proyecto LMD

Desde Cuba:

He leído el Anteproyecto de Ley de Memoria Democrática, en particular, deseo ofrecer mi opinión respecto a la disposición adicional octava «Adquisición de la nacionalidad española».
Como español, nacido fuera de España, estimo insuficiente el contenido de la misma, apoyo la opinión de los CRE de Argentina y Cuba, así como, la propuesta de  la Comisión Permanente del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE).
Solicito se tenga en cuenta el contenido de la iniciativa presentada en el Senado «Proposición de Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los descendientes nacidos en el extranjero de progenitores españoles».

En caso de no ser aceptada esta proposición, se deberá recomendar la discusión de la ley presentada ante el Senado.

En mi opinión la disposición adicional octava al menos debe redactarse  e incorporar los elementos siguientes:

Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones étnicas, económicas, políticas, ideológicas, religiosas, de orientación sexual o de identidad de género, perdieron, renunciaron o mantuvieron la nacionalidad española, así como,  los hijos e hijas mayores de edad de los españoles a quienes les sea reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente Ley o en la Disposición Adicional Séptima de la Ley de Memoria Histórica 52/2007, podrán optar a la nacionalidad española, a los efectos del artículo 20 del Código Civil. Esta declaración deberá formalizarse en el plazo de cinco años desde la entrada en vigor de la presente ley.

Firmado: R.S.

Opinión sobre el proyecto de Ley de Memoria Democrática

Proyecto LMD

Desde Argentina:
Estoy feliz porque termino de enviar el correo a [email protected], y lo subo por si a alguien le sirve como modelo, como hice yo con otro que también encontré por aquí pero me pareció demasiado suave, y le ajusté un poquito las clavijas.

SE EXIGE EL MÍNIMO RESPETO Y REPARACIÓN A LA VIOLACIÓN HISTÓRICA DE NEGAR

NUESTRO DERECHO A LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Participo a través del presente con una aportación al Anteproyecto de Ley de Memoria Democrática:
TOMEN POR FAVOR CONCIENCIA de que es urgente menester incluir en su redacción la concesión de Nacionalidad para los Descendientes de Españoles, pues son parte y producto de esa historia.
LA SOLICITUD ES DE MUY JUSTA Y OBLIGADA REPARACIÓN HISTÓRICA A LOS DESCENDIENTES DE ESPAÑOLES QUE LLEGARON «A HACERSE LA AMÉRICA» A ESTAS TIERRAS QUE LES ABRIÓ LOS BRAZOS DE PAR EN PAR Y HOY (que la realidad económica y social se dio vuelta) A NOSOTROS USTEDES NOS DISCRIMINAN Y SOMETEN A UNA ESTRICTA BUROCRACIA
Tratándonos como extranjeros aunque por nuestras venas y temperamentos, corra sangre hispana;
Y siendo que llevamos, por jus sanguinis, un derecho inalienable
CUANTO MÁS YO, COMO NIETA DE CUATRO ABUELOS ESPAÑOLES, Y CRIADA POR DOS DE ELLOS, mis abuelos maternos, que me inspiraron el suficiente amor por una tierra que no conozco (pues NO PIENSO IR COMO EXTRANJERA), que escribí en mi adolescencia, tres poesías a Galicia.
Por lo expuesto precedentemente es imperioso redactar en la Ley de Memoria Democrática la inclusión de la Nacionalidad para Descendientes Españoles con el mismo texto de la Ley de Nacionalidad para los Sefardíes o tomar como ejemplo la Ley de Nacionalidad para Descendientes de Italia…
SERÍA DEL MÁS MÍNIMO SENTIDO COMÚN Y JURÍDICO.
Lo peticionado para quienes como yo, no hayan recibido la nacionalidad española por el sólo hecho de no haber nacido en España, es en mérito a subsanar de una vez por todas tantos olvidos hacia este linaje, discriminaciones e injusticias brevemente resumidas
Téngase en cuenta que si no se incluye ahora, continuará esta deuda histórica con estos Españoles negados en nuestro derecho humano básico a una nacionalidad de origen, que se dignificaría con la Memoria Democrática
 Y nos dedicaremos a exigirla.
Aguardando una merecida respuesta, saluda atentamente C.M.Ch., argentina, DNI xxxxxx,
Diplomada Internacional en Derechos Humanos, quien no morirá sin ver reparada la violación a este Derecho.

Proyecto de Ley de Memoria Democrática

Proyecto LMD

20. 1. Tienen derecho a optar por la nacionalidad española:
a) Las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español.
b) Aquellas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España.
c) Las que se hallen comprendidas en el segundo apartado de los artículos 17 y 19.

20.2 Ver continuación, en el siguiente enlace

 

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