Nacionalidad denegada
Como este es un blog para que pueda leerlo y entenderlo la ‘gente de a pie’ vamos a intentar usar un lenguaje lo más básico posible para no caer en la trampa del ‘lenguaje hermético’ que usan con demasiada frecuencia los poderes públicos en España y del cual ya hemos comentado acá.
Nacionalidad denegada
Si observamos con atención el gráfico de la línea del tiempo que adjuntamos, se puede apreciar claramente que cuando este cubano arribó a los 18 años aún su padre no era español a pesar de que era hijo de un español de origen nacido en España. Recordar que entre el año 2003 y el 2006 regía la «LEY 36/2002, de 8 de octubre, de modificación del Código Civil en materia de nacionalidad.» Y este instrumento legal dice que tendrá derecho a optar a la nacionalidad española los hijos de españoles de origen nacidos en España o aquellos que estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español.
Al parecer hay un error de procedimiento y de falta de buena voluntad, porque si bien el desconocimiento de la ley no justifica su incumplimiento, estamos hablando de preceptos temporales que aparecen en disposiciones transitorias del CC y del cual ha habido en España alrededor de 8 diferentes parches. El espíritu y la letra de la DA 7ma es el de dar la oportunidad a los nietos, porque los hijos ya la tienen garantizada por la Ley 36.
Nacionalidad denegada
Tenemos otras denuncias que pondremos a consideración de nuestros lectores en próximos días.
Tantas coincidencias no pueden ser casuales en esta Nacionalidad denegada
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