Nacionalidad Denegada
III Parte
«Hay que cuestionar lo supuestamente incuestionable. El periodismo nunca ha sido fácil, tiene que luchar contra el silencio, la invisibilidad, adentrarse siempre mas allá del qué y sobre todo preguntarse a quién beneficia, porque tirando de ahí se suele llegar al fondo de las cuestiones» Rosa Mª Calaf
Nacionalidad Denegada
Tercer capítulo
Continuamos hoy la III parte de la denuncia de una injusta denegación de nacionalidad a un nieto de emigrante español en el Consulado de La Habana.En la primera parte expusimos los aspectos preliminares de la solicitud y el contenido del Auto de Sr. Iago Losada Maseda, cónsul responsable del RC en la Isla y en la II parte nos centramos en las Reclamaciones presentadas por JOM.En octubre del año anterior dábamos el índice de denegaciones que sólo nos sugiere la idea de un incremento de las exigencias para el otorgamiento de la condición.De un índice de denegaciones de 3,6 % en los primeros tres años de aplicación de la Ley(2009-2011) se pasó durante el año anterior a un 21,9 % según nuestras estimaciones.
Nacionalidad Denegada
Veamos el texto del documento
Nº Expediente: 140xxxxx
Sr. D.
JOM…..CUBA
Estimado Sr.:
Se ha recibido su escrito que, como sabe por el acuse
de recibo que en su día se le envió, ha sido registrado con el número arriba
indicado, al cual debe hacerreferencia.
Para poder estudiar el asunto planteado e informarle
sobre su posible admisión, se solicita la remisión de copia de los escritos
presentados ante la Administración y de las respuestas recibidas de ésta, si
fuese el caso, en particular copia de los cuatro recursos que afirma haber presentado.
Si transcurridos treinta días, no se recibiesen los
datos solicitados, se procederá al archivo de su expediente, habida cuenta de la
imposibilidad de realizar la actuación correspondiente.
Se le informa de que la posible actuación no
suspenderá en ningún caso los plazos previstos para interponer los recursos administrativos
o jurisdiccionales que estimeoportunos, ni la ejecución de las resoluciones o actos
afectados.
Le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Adjunto
Primero del Defensor del Pueblo
Nacionalidad Denegada
La respuesta final y definitiva en fecha 6 de noviembre de este propio año…
Estimado Sr.:
Se ha recibido su escrito en respuesta a la ampliación de datos solicitada,
que ha quedado incorporado al expediente registrado con el número arriba indicado.
En el caso planteado no se observa una actuación de la Administración que implique infracción del ordenamiento jurídico o una conducta ilegítima que
impida o menoscabe el ejercicio de un derecho, legitimando así la intervención del
Defensor del Pueblo, de acuerdo con lo determinado en el artículo 54 de la
Constitución y en la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, que conceptúa su
misión como la defensa de los derechos comprendidos en el Título I del texto
constitucional, supervisando a tal fin la actuación de las administraciones
públicas y el esclarecimiento de sus actos yresoluciones.
La resolución que deniega la solicitud de nacionalidad española por opción
es conforme a derecho, ya que de la documentación que se aporta resulta que es
nacido en Cuba, hijo de originariamente español, nacido también en Cuba. Por lo
anterior, podría haber realizado entre los 18 y los 21 años la declaración de
voluntad de conservar la nacionalidad española. Al no hacerlo perdió la misma,
por lo que solo cabe iniciar un expediente de recuperación, cumpliendo para
ello los requisitos exigidos en el artículo 26 del Código civil, que le
exigirían ser residente en España, salvo dispensa del Ministerio de Justicia,
cuando concurran circunstancias excepcionales.
Le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Adjunto Primero
del Defensor del Pueblo
Continuará…