En Ley nietos

¿Es imposible completar el Expediente para que nos aprueben la nacionalidad española?

Resumen del artículo:

  • En ley nietos, veamos la otra cara de la moneda.Hemos hecho mucha crítica pero ahora constatamos otros problemas…

  • La demostración de que se trata de un derecho hay que justificarlo documentalmente

  • ¿Qué documentos debo tener, al menos, entregados al Consulado?

  • Cada vez que revisamos exhaustivamente un nuevo expediente encontramos errores o carencias básicas

  • Muchos nietos usan la  estrategia del avestruz, meter la cabeza en la arena y no reflexionar al respecto

  • ¿El RC consular de La Habana, es responsable de todos los males?. Hay matices importantes

  • Los funcionarios tienen su cuota de responsabilidad, junto al gobierno. Pero los propios aspirantes tienen también su parte.

Ley Nietos, España

Vista actual del antiguo Centro Gallego de La Habana, Cuba. Imagen cortesía de Doble R

 

 

En ley nietos, veamos la otra cara de la moneda.

Hemos hecho mucha crítica pero también constatamos otros problemas…

Porque como en cualquier otro procedimiento no es tan difícil obtener la nacionalidad

Si completas adecuadamente tus papeles

Cuando revisen tu expediente si está completo, te otorgarán la condición

La demostración de que se trata de un derecho hay que justificarlo documentalmente

No es sólo decir, alegar y ‘jurar’ que tu abuelo era de Canarias, de Galicia o de otro lugar de España

Hay que probarlo con documentos, repito

Hay que probar como hemos dicho antes reiteradamente

Lo dije recientemente en este intento de Guía de autoaprendizaje

¿Qué documentos debo tener, al menos, entregados al Consulado?

  1. Partida de nacimiento de su abuelo español. Si entregó Partida bautismal debe completarse con posible partida del Registro civil o Negativa de este. Si el abuelo/a nació después de 1870, añadir Negativa. Si nació antes, la Fe bautismo, vale

  2. Certificado de nacimiento de su padre/madre cubana y Certificación suya. Todas legalizadas en el MINREX. Tener en cuenta varios detalles para detectar errores. Un problema frecuente es quién hizo la declaración de la inscripción del nacido. Y otros…

  3. Documentos de la DIE (Dirección de Inmigración y Extranjería del Minint de Cuba), estos son dos: Certificado de Ciudadanía y Certificado de Extranjería. No vale entregar uno. Si no está elaborado por la DIE No lo aceptan como válido

  4. Fotocopia de requerimientos que le hayan realizado. A todos los documentos hay que sacarle fotocopias y guardarlas

  5. Carnet de Identidad cubano del aspirante escaneado por ambas caras. Fíjese que coincida en todo con su Certificación Nacimiento

Estos son los básicos pero hay otros como:

  • Certificado de Defunción,

  • Certificado de Matrimonios,

  • Certificado de entrada al país si el emigrante español no se registró ni como extranjero ni adquirió la Nacionalidad cubana…

Y otros más… que le parezca oportuno al funcionario de turno que revise tu Expediente.

Pero si está completo no te pedirán nada más.

¿Por qué volvemos con los expedientes de nacionalidad en Ley Nietos?

Volvemos porque muchas personas leen estos artículos pero no le entran en su cabeza

Cada vez que revisamos exhaustivamente un nuevo expediente encontramos errores o carencias básicas

Como prestamos este servicio de Estudio del expediente para saber si está completo, nos encontramos con sorpresas

Incluso gente bien preparada culturalmente, lo único que se le ocurre es usar la estrategia del avestruz.

Meter la cabeza en la arena y no reflexionar al respecto

Y lo más triste del asunto es que piensan que ellos están en lo cierto

Por poner un par de ejemplos recientes, de los muchos que recibimos (sin mencionar nombres):

«…no entiendo por qué tantos documentos si ‘fulano’ lo tiene todo dentro del Consulado en la Habana»

El consulado tiene que otorgar la nacionalidad cuando ha quedado demostrado el derecho de la persona

Y reitero hay que documentarlo sin lugar a dudas

¿Cómo hacemos en Doble R la revisión de un expediente ?

 

Ley Nietos

Para estudiar si el Expediente tiene un grado de completamiento aceptable, pedimos esto:

Documentos escaneados a aportar, Ley Nietos
  • Partida de nacimiento del abuelo/a español/a;
  • Certificado de nacimiento del padre/madre cubano/a y Certificación del solicitante (padre de Xxxx);
  • Documentos de la DIE (Dirección de Inmigración y Extranjería del Minint de Cuba), estos son dos: Certificado de Ciudadanía y Certificado de Extranjería;
  • Fotocopia de requerimientos que le hayan realizado en cualquier momento;
  • Carnet de Identidad cubano del padre de Xxxxx escaneado por ambas caras
  • Todos los otros documentos que el padre haya entregado para completar el Expediente

Luego es posible que le pidamos más. ¿Por qué?

Porque hay determinados casos en los que se crea un punto oscuro, que debe esclarecerse

Muchas personas no tienen conocimiento de algunos problemas

Si el abuelo no se registró en Extranjería:

Hay que demostrar que entró al país

O demostrar que realizó algún acto legal en el país de acogida

Si nació después de 1870, como explicamos más arriba, entonces Negativa del RC correspondiente al lugar de nacimiento

¿El RC consular de La Habana, es responsable de todos los males comentados en este blog en Ley Nietos?

 

#expednacespsinresolverhabana, #consuladoespHabana

Atasco Consulado español en Cuba resolución expedientes Ley Nietos

Como nada es absoluto tenemos que decir que NO

Ellos no son responsables de los recortes de personal que ha realizado el gobierno

Tampoco lo son de que el número de solicitudes haya superado las expectativas

Mucho menos que el nivel de información de los descendientes de emigrantes en la Isla de Cuba sea desastroso

Claro, tampoco es responsabilidad de los propios nietos de emigrantes españoles. Esto es «harina de otro costal»

Recientemente hemos revisado un Expediente que según su propietario estaba completo

Hemos comprobado que aportó una Fe de Bautismo solamente y le propuse enmendar este punto

Nos pagó para que verificáramos este extremo y Eureka…!! El abuelo estaba asentado en el Registro Civil correspondiente

Si hubiera esperado, su expediente hubiera sido declarado incompleto y requerido

¿Es responsable el funcionario que lo revisara?. Evidentemente que no

Es la falta de información y de conocimiento de los aspirantes en Cuba

 

Y por esto estamos enfatizando en este aspecto:
Hay que espabilarse y conocer los elementos básicos para que el Expediente entre en la zona de COMPLETO
Continuaremos comentando estas posturas, a veces incomprensibles, de muchas personas
Los funcionarios tienen su cuota de responsabilidad, junto al gobierno.
Pero los propios aspirantes tienen también su parte.
Y así muchos otros casos, que es imposible comentar en un sólo post
En fin diríamos que «El que esté libre de pecado que lance la primera piedra»
Volveremos a comentar las posturas y experiencias que nuestro rol nos permite, en esta interminable Ley Nietos
Tanto si coincides conmigo como si tienes otra opinión, déjala a continuación…

 

Edición Martes