Estacazo o varapalo al CE Habana
Ley Nietos
Varapalo, ESPAÑA: Golpe o paliza que se da con una vara. 2.ESPAÑA: Contratiempo, disgusto o daño que una persona recibe en sus intereses o pretensiones.
La Resolución que comentamos es un bombazo y una prueba de criterios erróneos aplicados por los cónsules del RC de La Habana, porque desautoriza los argumentos que está usando esta sede para denegar a muchísima gente… pero además nos da nuevos elementos que en este caso han sido decisivos.
La resolución de la Dirección General de Nacionalidad del Min. de Justicia rechaza la DENEGACIÓN consular.
Y señala los pasos que se siguieron para conocer el expediente, estudiarlo y solicitar nuevamente la documentación al recurrente el Sr. EAC, de la provincia de Matanzas. Comentemos algunos detalles relevantes del caso.
Veamos aspectos de la denegación…
El acuerdo apelado basa su denegación en que el solicitante no puede ejercer la opción del apartado primero de la DA 7ma de la Ley 52/07, dado que no ha acreditado que su padre fuese español de origen, ya que los documentos de inmigración y extranjería de su abuelo [DIE de Cuba], aportados al expediente presentaban ciertas irregularidades que hacían presumir falsedad documental
Fragmentos de la Resolución
Ley Nietos
Comentarios finales: moraleja
Ley Nietos
a.- Siempre que el familiar haya obtenido legalmente la nacionalidad se pueden usar estos argumentos porque la DGSJFP pide la documentación al Consulado y verifica el tema de la variación del formato de los certificados de la DIE de Cuba que se está usando de forma oportunista para denegar en Cuba.
b.- También demuestra que si el emigrante no se registró como extranjero, no es posible imputarle este hecho como constitutivo de una causa de denegación porque el certificado básico (como he dicho en mis artículos) es el que NO se hubiera naturalizado como cubano antes del nacimiento de su hijo/a en Cuba.
La cónsul encargada del Registro Civil en el 2015 era Laura López García.
Colofón
Edición Semanal
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