Testimonios

Nueva madrugada de cola y otras peripecias de Julio César

Comentamos hoy acerca Nacionalidad española en Cuba y recibimos otros Testimonio de ex-clientes y colaboradores en La Habana

Con ellos matizamos y ponemos en conocimiento público lo que acontece en aquella sede consular

Con más de 65 Mil expedientes sin resolver, según nuestros cálculos, este problema no tiene para cuando acabar

Veamos el Testimonio de Julio César

nacionalidad española en CubaBuenos días amigo Pedro: el lunes pasado en madrugada me persone con un amigo en el consulado español de la Habana

El objetivo era indagar sobre el estado de nuestros expedientes de Nacionalidad

Como es habitual llegamos a la 1:30 am (madrugada) y ya se encontraban en el lugar los célebres coleros

Estaban organizando la cola para ganarse 10 Cuc por cada turno que luego venderían

Nos dijeron que mi amigo y yo éramos el 11 y 12, dejando 10 números para vender en la mañana

Imaginen que a esa hora no existía un alma en el lugar

Tomamos la decisión mi amigo y yo que nosotros seríamos el 1 y 2.

Finalmente aceptamos que fueran el Nº  1 y el Nº 2…así quedó zanjado el asunto

Se continuó formando la cola para la ventanilla de Asuntos Generales del Consulado

 

Testimonios: el momento de la verdad

Alrededor de las 8:15 am nos acercamos al Consulado y a las 9:00 se nos acerca el funcionario que atiende al público

Sorpresa: nos comunica que los famosos 30 turnos para consultas se habían eliminado

Nos quedamos en una pieza. Toda una mala noche por gusto

Nos dicen que cualquier consulta sería por escrito entregada en ventanilla

Para estar a tono con la nueva situación elaboro mi escrito de reclamación

Pido información acerca del por qué no me ha llegado la Partida española si me ha sido otorgada desde el verano de 2016

A la hora de entregar la reclamación observo nueva caras en el lugar, podrían ser los nuevos refuerzos contratados de los que Doble R informó

Me reciben el papel y robóticamente asienten con la cabeza y lo depositó en un bulto de papeles

Me retiro y hasta hoy sigo preguntándome: ¿Será cierto que responderán?

¿O es una nueva pantomima?

Me vienen a la mente los famosos correos de consulta dejaron de tener respuesta hace como dos años

Desde aquella época hay un silencio total del consulado

Me da la impresión de que ahora si se están desorganizando!

Esperemos nos respondan algún día. Ya es una falta de respeto indignante lo que está ocurriendo

 

Nacionalidad española en Cuba

Derechos de los descendientes cuyos padres nacieron en la Isla antes de la desconolización

 

Hola Pedro, ya en otra ocasión le escribí y UD me contestó…

Pero no me convenció con la respuesta pues se que las leyes de ciudadanía las dictan los gobiernos

Pero según tengo entendido por decreto de Segismundo Moret Ministro de Ultramar de la época: que todos los nacidos en la Isla de Cuba, antes del año 1900, eran españoles

Esto fue ratificado en la Resolución DGRN fecha 15 de febrero de 2010 y dice así:

«A los efectos de la opción a la nacionalidad española prevista en el artículo 20.1b) del Código civil, en la redacción dada por Ley 36/2002, se consideran nacidos en España a los nacidos en Cuba antes de la descolonización en 1898»

Yo soy el caso del abuelo nacido en la Habana en el añ0 1892, caso que se ajusta a lo anteriormente legislado.

Mi pregunta es cómo puedo obtener una certificación de nacimiento de mi abuelo del año 1892

En el Consulado de España en La Habana si no tengo tomo ni página de este documento

Esto lo necesito para saber si al nacer fue inscrito.

 

Y firma Juan Carlos. Véalo aquí

 

Nacionalidad española en Cuba y nuestra respuesta acerca del tema

Hola Juan Carlos:
Me parece muy bien que defiendas tu posible derecho y luches por obtener tu condición de español…

Pero fíjate bien que hay una diferencia sustancial desde el punto de vista legal entre decir que los nacidos en Cuba antes de 1898 eran españoles

Y otra cosa es lo que dice la Resolución de la DGRN que mencionas:

Fíjate bien lo que dice la Resolución de DGRN que mencionas…

 

Quinto.-No obstante lo anterior, conviene precisar que los nacidos en los antiguos territorios coloniales no adquirieron, por el mero hecho del nacimiento en ellos, la calidad de españoles de origen, es decir, por atribución automática iure soli, como en un principio pudiera pensarse de la lectura aislada del artículo 17 del Código civil en su redacción originaria.

 

Habría que demostrar documentalmente de que el emigrante español nació en Cuba antes de 1898

… y además, que mantuvo su nacionalidad española al optar por la de sus padres, es decir, el derecho de sangre «iure sanguinis»

Y no el derecho de suelo (lugar de nacimiento): «iure soli»

El asunto genera problemas porque mucha gente interpreta superficialmente la legislación

Y dicen que si su padre-madre nació en Cuba cuando la Isla era colonia de España: implica directamente el surgimiento del Derecho

Este es el error común que vemos a menudo y esta fue la respuesta que te di antes basado en una Resolución de la DGRN

Conviene en este punto matizar

¿qué se entiende por un español de origen?

Pues, se trata de aquella persona que nació español por su derecho de sangre, porque sus padres eran españoles (especialmente por la vía paterna antes de 1978)
Como se ve este hecho no tiene nada que ver con el lugar donde nació el ciudadano español.

Puede ser un ciudadano español de origen aunque haya nacido en China, en Nueva Caledonia o Rusia.

Hay muchísimos ejemplos de españoles nacidos fuera de España que son españoles de origen.

Para ello reiteramos tendría que ser hijo de español y demostrar documentalmente que nació de español

… y que se registró como español en el Registro Civil más cercano

Que puede ser perfectamente alguno de los muchos Consulados españoles que antes de 1898 existían en la Isla.

Y este es el caso que permitió a la señora del ejemplo que prosperara su Recurso ante la DGRN

Vea y bájese el texto íntegro de la Resolución D.G.R.N. de 15 de febrero de 2010 favorable a español nacido en Cuba

Reitero que muchas personas dicen y se lo afirman a sus amigos y conocidos: si el padre o madre nació en Cuba antes de 1898, tienes derecho a la nacionalidad.

Puede ser que sí como este caso o puede ser que NO, como la mayoría de las denegaciones que tenemos de la DGRN por esta causa.

He tratado de explicarlo en el lenguaje más simple posible para que todos lo entiendan

A ver si lo he logrado…?

Sobre cómo obtener una certificación de nacimiento en el CE es bastante difícil porque no tienen estos expedientes digitalizados y nadie sabe dónde estarían guardados (si como presumimos) no hubieran desaparecido.
Por tanto tienes un gran problema. Pásame a mi buzón del Despacho los datos para ver si encuentro algo en mis archivos.

 

Notas finales sobre Testimonios y Nacionalidad española en Cuba

Continúa el sinsentido en las oficinas consulares mientras nadie se inmuta

Para interpretar las leyes y los reglamentos hay que estudiar algo más la legislación

Pero esto es de bastante esfuerzo. Díganlo a nosotros

A cada rato tenemos que gastar unas cuantas neuronas para llegar a entender todo este asunto de la nacionalidad española

Si tiene algún criterio, coincidente o no, déjelo seguidamente y así enriquecemos el debate…

Edición del Viernes