Ley para sefardíes: esperanza con carrera de obstáculos

 

Ley para sefardíes, como hemos estado diciendo en esta bitácora, ha comenzado ya su aplicación práctica. Una disposición muy esperada por los sefarditas

Se trata, como sabemos, de la  Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.

Dicha norma podría ‘satisfacer’ la legítima aspiración de las comunidades de la diáspora sefardí.

Recordáis que los descendientes de estos ciudadanos españoles  fueron expulsados de España

Estos españoles tuvieron que elegir entre el exilio o la conversión al cristianismo. Los que no aceptaron la conversión fueron expulsados mediante el Edicto decretado en el Palacio de la Alhambra el 31 de marzo de 1492

Pues llega la hora de que se supere esta injusticia histórica y casi todos hemos aplaudido la aprobación de la normativa

La normativa, como veremos más adelante, no ha sido una panacea que digamos. Supone una esperanza pero con carrera de obstáculos

 

Ley para sefardíes

Ley para sefardíes: celebración de la corona española

El primer acto de Su Majestad el Rey Felipe VI el pasado 30 de noviembre ha sido la celebración de una decisión que significa una Reparación de una Injusticia histórica

Se reconoce explícita e implícitamente que dicha expulsión de los judíos fue un error de los Reyes católicos, fueren cual fueren los motivos para hacerlo

En sus palabras, el Rey, ha recordado un antiguo proverbio sefardí ‘quien no tiene casa es vecino de todo el mundo’ para apostillar seguidamente que «yo hoy quiero deciros que ya estáis de nuevo en vuestra propia casa, que ya habéis vuelto, para siempre a vuestro hogar»

El acto reseñado contó con la presencia de importantes personalidades del ámbito político español pero también estaba presente el Sr. Isaac Querub, presidente de la Federación de Comunidades Judías de España

También ha hablado en el acto, el Sr. Ministro de Justicia que ha rematado la faena comenzada por su antecesor en el cargo, el Sr. Gallardón

El actual Ministro de Justicia, Sr. Rafael Catalá, ha sido el encargado de aprobar las normas definitivas para el procedimiento de acceso al pergamino de español

Han habido muchos devaneos en la tramitación parlamentaria. Finalmente el texto aprobado deja muchas incertidumbres y obstáculos para los aspirantes

 

Ley para sefardíes: esperanza con carrera de obstáculos

 

Como suele suceder en política, cualquier acto que reconozca un derecho conculcado se convierte de pronto en un acto noble de parte del poder que detenta esos políticos

Pero si aplicamos una lupa y nos ponemos en la piel de un aspirante que reside ahora mismo en el extranjero, la faena es mucho más complicada de lo que nos la quieren vender

Partimos de que se trata de un acto de Reparación de una injusticia y la Ley para Sefardíes no lo parece cuando acercamos la lupa

Veamos el factor económico y nos daremos cuenta que según cálculos de la oposición el procedimiento puede llegar a costar a un sefardí algo así como 6 Mil €

Como ha dicho la Diputada Carmela Silva «La adquisición de derechos no debe estar sujeta a precios»

Hemos hecho una recopilación de frases importantes de los ponentes de la oposición en el acto parlamentario de aprobación de la Ley

Creemos que es importante que lo conozcan los sefardíes que serán los que lo sufran…

Ley para sefardíes

 

La Ley para Sefardíes según Jordi Janet, del Grupo Parlamentario Catalán, supone las siguientes limitaciones u obstáculos

«Hay muchas esperanzas y muchos anhelos que se van a frustrar con esta Ley»
«No nos llamemos a engaño, estamos más bien ante una Ley escaparate que ante una Ley que en la práctica tenga los efectos que quisiéramos»
«Hemos puesto de manifiesto en todo el procedimiento parlamentario, las graves carencias de este proyecto de Ley: es un proyecto de Ley más gestual que efectivo»
Este proyecto de Ley que se empezará a aplicar a partir del mes de octubre de 2015 tiene gravísimas carencias
Los interesados tendrán una carrera de obstáculos porque hay que acreditar la condición de sefardíes, desplazarse a España para la entrevista con un Notario designado para luego (hay que pagar primero, sin derecho a reembolso), tal vez, no poder acceder a la nacionalidad española
«Seamos sinceros, porque si no hoy vamos a trasladar a la opinión pública un gran consenso alrededor de una Ley necesaria, pero después quienes legítimamente van a pretender que esta ley tenga sus frutos que es obtener la nacionalidad, no tan sólo concederle una nacionalidad…para muchos de ellos es Recuperar una nacionalidad de la que ya deberían tener históricamente...» fueron despojados de ella con la expulsión de los sefardíes de España en el 1492
Debemos estar conscientes de que no lo hemos hecho del todo bien
Es necesario una aplicación (en el Reglamento de la Ley) que sea ágil y generosa, porque ante la reparación de una injusticia histórica nos hace falta mucha generosidad para que esas trabas, esas piedras en el camino, esas dificultades se puedan solventar…

Para Gaspar Llamazares, del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida la Ley para Sefardíes merece las reflexiones siguientes

Hoy tendríamos la oportunidad de hacer memoria y que este fuera un acto de reparación, creo que no lo es o lo es insuficientemente
Es un gesto político, pero cicatero…porque lejos de reconocer la nacionalidad de los descendientes de sefardíes, lo que hace es añadir un nuevo procedimiento de adquisición de la nacionalidad por un método tortuoso, que se añaden a los métodos existentes de adquisición de la nacionalidad
Se crea una gestión externa, en este caso los Notarios…y también una tasa que hasta ahora no existía en España
El resultado de todo este proceso es la confusión…que deja insatisfechos a los propios beneficiarios

Como se recuerda la Ley para Sefardíes introduce un nuevo cauce para obtener la nacionalidad española entendiendo que concurren las circunstancias excepcionales a que se refiere el artículo 21 del Código Civil en los sefardíes originarios de España que prueben dicha condición y su especial vinculación con España, con independencia de que tengan o no fijada en nuestro país su residencia

 

Vea los 6 Pasos resumidos por Doble R, para acceder a la Nacionalidad para los Sefardíes o Sefarditas

Paso I

Presentación de solicitud a través de plataforma online dirigiendo la petición a la DGRN. Conservar el Nº de la solicitud para próximas consultas

Paso II
La solicitud será enviada al Consejo General del Notariado quien seleccionará el Notario en España competente para valorar la documentación aportada por el optante

Paso III
Concertación de un cita personal del notario en España con el solicitante para recoger los documentos originales (traducidos) aportados por la persona, entre ellos los Antecedentes Penales El notario dará su veredicto plasmada en un acta que será remitida a la DGRN*.

Paso IV
La DGRN pedirá informes al Ministerio del Interior español y al Ministerio de la Presidencia p resolver la solicitud.

Paso V
Jurar fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y leyes del Estado. Si fue aprobada por Notario será el título para acudir al Registro Civil para la inscripción correspondiente.

Paso VI
Luego de esta aprobación por la DGRN será necesario que el interesado en el plazo de un año se presente ante el Registro Civil competente (los residentes en el exterior lo harán ante el encargado del RC Consular más cercano a su domicilio).

a.- Entregar un nuevo Certificado de Antecedentes Penales (apostillado o legalizado y traducido al castellano), acreditando de que no tiene ningún antecedente.

b.- Deberá realizar ante el Encargado del RC el juramento de fidelidad al Rey y las leyes españolas.

c.- Si en el plazo de un año, luego de recibir la aprobación de la nacionalidad, no se presenta ante el Encargado del RC se producirá la caducidad del procedimiento.

Otras cuestiones importantes de procedimiento

 

A.- La solicitud debe formalizarse en 3 años a partir de entrada en vigor

B.- La DGRN tiene un plazo de 12 meses para resolver solicitudes

C.- Las solicitudes que no tengan respuestas en este lapso de tiempo se considerarán desestimadas por silencio administrativo

D.- Se cobrará una tasa de 100 € a los solicitantes de la tramitación independiente de que sea aprobada o no.

E.- Finalmente señalar que la aplicación de la normativa comenzó en octubre de este año

DGRN*: Dirección General de los Registros y del Notariad

 

Si necesita de nuestra ayuda, ya sea para prepararse para realizar el Test de Nacionalidad española o cualquier gestión en España, estamos a la orden de cualquier sefardí

Pueden ponerse al habla con nosotros a través de los canales de Doble R, incluyendo el chat en vivo, a través de nuestro correo-e o directamente a través de una llamada telefónica al número que aparece en la parte superior izquierda de esta pantalla

Mientras llega el contacto, deseamos conocer vuestra opinión acerca de este artículo.

¿Coincide UD con los diputados españoles en que el procedimiento es engorroso?

Déjenos su opinión personal, por favor !!

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