Sr. Angel Capellán, consejero general por EEUU. |
Doble R, desea publicar una parte del excelente artículo que ha escrito el Sr. Ángel Capellán, consejero general por Estados Unidos y que ha elaborado en exclusiva para ‘Crónicas de la emigración’.
Con ello reconocemos la valía de sus ideas y razonamientos a la luz de los acontecimientos actuales y con el espíritu constructivo que subyace en las 11 cuartillas de dicho artículo el cual podrán leer totalmente en este enlace que le hemos compartido.
Fragmentos…
De una manera u otra, todos los españoles somos testigos, partícipes, y víctimas de la situación económica que ha asolado a España ya varios años. Con ciertas diferencias, todos también hemos sufrido el impacto de reducción de gastos y servicios como una de las importantes medidas para encauzar una salida de la crisis.
Sin pretender juzgar la validez o equidad de las reducciones en España, dada la situación económica en que nos encontramos, sí se impone hacer una serie de reflexiones, en el contexto histórico de lo que ha significado y sigue significando la contribución de la emigración española al desarrollo de nuestra nación, sobre los gastos que el Gobierno Español realiza a favor del colectivo de españoles en el exterior.
Debemos resaltar conceptos de importancia primaria que no solo irían en contra de recortes de servicios, sino que muy al contrario deberían ser justificación más que sobrada para un reforzamiento y afianzamiento de los mismos incluso en tiempos de crisis económica.
La Gran Deuda de España con la Emigración Española Ayer y Hoy
El colectivo de españoles en el exterior es posiblemente el único que ofrece una balanza abrumadora favorable en contribuciones a las arcas españolas cuando sólo percibe ayudas directas minúsculas en servicios básicos. Somos españoles netamente contribuyentes a la economía española. La evidencia es abrumadora.
Primero, es de sobra ya sabido lo decisiva que fue la contribución de la emigración española al resurgimiento y desarrollo de nuestra patria en las últimas décadas del siglo XX. De ahí que a todos nuestros dirigentes les encanta proclamar retóricamente “la gran deuda que tiene España con la emigración”. Nadie parece ponerlo en duda. No solo los dirigentes, sino que nuestras propias leyes lo han codificado enfáticamente, como lo hace el Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior en su exposición de motivos. Con todo, a pesar de los programas de ayuda que han existido, lo triste es que esta deuda nunca se ha compensado ni remotamente como hubiera sido de esperar. Está muy bien reconocerlo, pero dicho reconocimiento debe tener también consecuencias.
Segundo, lo que lamentablemente se ignora con una miopía exasperante es que esa deuda sigue acumulándose de una manera destacable año tras año. En el Gobierno y Parlamento españoles todos saben o deben saber que los españoles en el exterior siguen contribuyendo a la economía española con remesas directas mesurables, estimadas por el Banco de España en casi 6.000.000.000 (seis mil millones) de euros anuales. Son cuantías muy considerables. Y esto solo incluye lo que se puede estimar por cifras bancarias fácilmente asequibles, pues hay muchísimo más que sumar. En compensación, nuestro colectivo recibe en ayudas directas del Estado Español unos 75.000.000 (setenta y cinco millones) de euros –asombrémonos, 80 veces menos que la cuantía de las remesas–.
Tercero, estas cuantiosas remesas son tan solo una pequeña parte de lo que aporta nuestro colectivo. ¡Cuánto más contribuyen también los dos millones de españoles en el exterior de otras mil maneras mesurables pero no tan fácilmente cuantificadas hoy día!
………………………………….
4. Ley de Nacionalidad.
No podríamos entrar en este tema sin reconocer el decisivo beneficio que ha supuesto para nuestro colectivo tanto la “Modificación del Código Civil en Materia de Nacionalidad”, ley aprobada en 2002, como la Disposición Adicional Segunda de la Ley de la Memoria Histórica (2007). Ambas extendieron el derecho a mantener, recuperar o adquirir la nacionalidad española a los españoles en el exterior. Sea dicho sin embargo, que la segunda vino a subsanar la falta de voluntad de estado del Parlamento que aprobó la primera, precisamente porque se había excluido a un importantísimo colectivo de hijos de quienes habían sido españoles antes de que ellos nacieran.
Con todo, más allá de lo que se ha conseguido con estas dos leyes, que en definitiva son modificaciones del Código Civil, ¿cómo podemos ignorar que todos los países democráticos del mundo tienen una “Ley de Nacionalidad” y no ya una normativa incorporada en el Código Civil? Y ¿en qué compañía estamos a este respecto los españoles? ¡Admírense! Las tres excepciones, países sin tal Ley, son el Vaticano, Andorra, y España.
El Consejo General de la Emigración lleva pidiendo expresamente, ya desde 2005, una Ley de Nacionalidad, clara y diáfanamente razonada, propuesta en un importante acuerdo aprobado por el Pleno celebrado en Santiago de Compostela. ¿Cuál ha sido la respuesta del Parlamento Español ante estas peticiones? Silencio absoluto. Y el silencio aquí no otorga, sino que rotundamente deniega.*
Cuál puede ser la lógica y la razón de que el Estado Español siga denegando al colectivo de españoles en el exterior un derecho clarísimamente disfrutado por los ciudadanos del mundo civilizado. Más aún este rechazo subsiste cuando tanto los gobernantes como muchos parlamentarios, como la Corona, como las mismas leyes proclaman que España tiene tal gran deuda con los españoles en el exterior. ¡Qué manera de pagar las deudas!
Volviendo al principio rector expresado arriba, desde todos los ángulos que se considere, tal negativa es una constante vulneración de derechos fundamentales. Muestra una triste ceguera por parte de gobernantes y legisladores al no advertir que, si se estableciera tal ley, sería siempre un fuerte elemento adicional de cohesión nacional.
Deje una respuesta