Miércoles, 25 de mayo de 2011.
Cónyuge / hijos / padres
Estos son los derechos de los miembros de tu familia que no son ciudadanos de la UE y quieren vivir contigo en el país al que te has trasladado.
Estancias de más de tres meses
Trabajadores
Si estás trabajando en otro país (como empleado, autónomo o trabajador desplazado), tu cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos que no sean ciudadanos de la UE pueden vivir contigo sin que se les exija ningún requisito más.
Pensionistas
Si eres pensionista y resides en otro país, tu cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos que no sean ciudadanos de la UE también pueden vivir contigo, a condición de que tú y los tuyos tengáis:
ingresos suficientes para vivir sin necesitar ayudas económicas
un seguro médico completo en el país de acogida.
Las autoridades nacionales no pueden exigir que los ingresos superen la cantidad que permitiría a tu familia recibir una ayuda de renta básica en ese país.
Tarjeta de residencia
Antes de que pasen tres meses desde su llegada, tu cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos no ciudadanos de la UE deben solicitar un documento de residencia (que suelen expedir los ayuntamientos o la policía). Para hacerlo, necesitarán:
un pasaporte válido
tu propio certificado de registro como ciudadano de la UE u otro documento que demuestre tu residencia en ese país
prueba de la existencia de un vínculo familiar contigo (acta de matrimonio, partida de nacimiento, etc.)
hijos y nietos : prueba de que son menores de 21 años o dependen de ti
padres y abuelos : prueba de que dependen de ti.
No pueden exigirse otros documentos.
Con frecuencia, la tarjeta de residencia es gratuita (o cuesta lo mismo que un documento nacional de identidad).
En la tarjeta de residencia debe constar claramente que su titular es familiar de un ciudadano de la UE.
Las autoridades deben tomar una decisión sobre la expedición de la tarjeta de residencia en el plazo de seis meses. Si no lo hacen, puedes recurrir a nuestro servicio de ayuda.
La tarjeta tiene una validez de cinco años (o menos si tu estancia en el país va a ser más breve) y es posible que tengáis que notificar a las autoridades cualquier cambio de dirección.
En muchos países, tu cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos tendrán que llevar siempre consigo la tarjeta de residencia y el pasaporte. Aunque el olvido de estos documentos puede sancionarse con una multa, no puede ser motivo de expulsión del país.
Registro
Tu cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos tienen tres meses desde su llegada para inscribirse en el registro del país de acogida (esto suele hacerse en los ayuntamientos o la policía). Cuando lo hayan hecho, recibirán una tarjeta de residencia.
Para obtener la tarjeta de residencia, necesitarán:
un pasaporte válido
tu propio certificado de registro como ciudadano de la UE u otro documento que demuestre tu residencia en el país
prueba de la existencia de un vínculo familiar contigo (acta de matrimonio, partida de nacimiento, etc.)
hijos : prueba de que son menores de 21 años o dependen de ti
padres : prueba de que dependen de ti
No se les pueden exigir otros documentos.
A menudo, la tarjeta de residencia es gratuita. En cualquier caso, no puede costar más que los documentos similares para los ciudadanos del país de acogida.
En la tarjeta de residencia debe constar claramente que su titular es familiar de un ciudadano de la UE.
Las autoridades deben tomar una decisión sobre la expedición de la tarjeta de residencia en el plazo de seis meses. Si no lo hacen, puedes recurrir a nuestro servicio de ayuda.
La tarjeta tiene una validez de cinco años (o menos si tu estancia en el país va a ser más breve). Es posible que los cambios de dirección deban notificarse a las autoridades.
En muchos países, tu cónyuge, hijos y padres tendrán que llevar siempre consigo la tarjeta de residencia. Aunque pueden imponerles una multa o detenerlos temporalmente por circular sin ella, su olvido no puede ser motivo de expulsión del país.
Igualdad de trato
Durante su estancia, tu cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos no ciudadanos de la UE deben recibir el mismo trato que los ciudadanos del país donde resides, sobre todo en aspectos como acceso al empleo, salario, prestaciones para facilitar el acceso al empleo, matriculación en un centro de enseñanza, etc.
Orden de salida del país / Expulsión
Tu cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos no ciudadanos de la UE pueden acompañarte mientras cumplan los requisitos de residencia. Si dejan de satisfacerlos, las autoridades nacionales pueden ordenarles que salgan del país, pero no pueden expulsarlos.
En casos excepcionales, pueden decidir su expulsión por razones de orden público o de seguridad pública, pero solo después de demostrar que representan una amenaza muy grave.
Tanto la decisión de expulsión como la orden de salida del país deben notificarse por escrito, explicando todos los motivos que la justifican, cómo recurrir y en qué plazo.
Ejemplo
Tus familiares que no son ciudadanos de la UE también tienen derechos
Irina es alemana y vive en el Reino Unido. Su madre, que es rusa, ha solicitado una tarjeta de residencia en ese país y, para hacerlo, ha tenido que entregar su pasaporte.
Las autoridades británicas le dijeron a Irina que la tramitación de la tarjeta de residencia podía llevar hasta un año. Su madre está preocupada porque, si no le devuelven el pasaporte a tiempo, no podrá volver a Rusia por navidades ni regresar después al Reino Unido.
En este caso, para cumplir los derechos de residencia de la madre de Irina las autoridades británicas deberían expedir la tarjeta de residencia en un plazo de seis meses, renunciando a retener su pasaporte mientras dura la tramitación.
Fallecimiento
Si vivieras legalmente en otro país de la UE y fallecieras antes de obtener la residencia permanente, tu cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos no ciudadanos de la UE podrían permanecer en el país a condición de que hubieran vivido en él un año como mínimo antes de tu muerte.
Para poder quedarse en el país, tus familiares no ciudadanos de la UE también deberían satisfacer los requisitos de residencia aplicables a los ciudadanos de la UE.
Requisitos y trámites que deben cumplir:
trabajadores/pensionistas
Divorcio
Si te divorcias antes de obtener la residencia permanente (por lo general, se necesita haber vivido cinco años en el país de acogida), tu cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos no ciudadanos de la UE pueden permanecer en el país a condición de que:
hayan vivido en él un año como mínimo
hayas estado casada o casado por lo menos tres años antes de empezar los trámites de divorcio.
Para poder quedarse en el país, tus familiares no ciudadanos de la UE también deberían satisfacer los requisitos de residencia aplicables a los ciudadanos de la UE.
Requisitos y trámites que deben cumplir:
trabajadores/pensionistas
Residencia permanente
Tras haber vivido de manera legal en otro país de la UE cinco años seguidos, tu cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos no ciudadanos de la UE obtienen el derecho automático de residencia permanente, sin tener que cumplir ningún requisito adicional. La residencia permanente les permite permanecer en el territorio de manera indefinida, aunque estén desempleados o necesiten una ayuda económica.
La continuidad de la residencia no se ve afectada por:
ausencias temporales (menos de seis meses al año)
ausencias más largas (servicio militar obligatorio)
una ausencia de hasta doce meses consecutivos por motivos importantes (embarazo, parto, enfermedad grave, trabajo, formación profesional o ausencia como trabajador desplazado).
Deben disfrutar de los mismos derechos, prestaciones y ventajas que tienen los ciudadanos del país de acogida.
Pueden perder el derecho de residencia permanente si viven fuera del país durante dos años consecutivos.
Trabajadores
Si trabajaras por cuenta ajena o como autónomo en otro país de la UE y fallecieras antes de obtener la residencia permanente, tu cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos no ciudadanos de la UE podrían tener derecho a un trato especial. Por ejemplo, podrían recibir autorización para quedarse de manera permanente:
si tu fallecimiento se debiera a un accidente de trabajo o una enfermedad profesional o
si al producirse tu fallecimiento ya hubieras vivido, como mínimo, dos años seguidos en el país.
Tarjeta de residencia permanente
Antes de que finalice su quinto año consecutivo de residencia legal continuada tu cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos no ciudadanos de la UE deben solicitar la tarjeta de residencia permanente.
Con frecuencia, la tarjeta de residencia permanente es gratuita (o cuesta lo mismo que un documento nacional de identidad).
Tiene una validez de diez años y se renueva automáticamente sin condición o requisito previo.
Al solicitar la tarjeta de residencia permanente, deberán presentar un documento que demuestre que han vivido legalmente en el país durante cinco años (puede servir un permiso de residencia válido expedido cinco años antes).
Si tu cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos no ciudadanos de la UE tienen problemas para obtener la tarjeta de residencia permanente, puedes recurrir a nuestro servicio de ayuda.
Orden de salida del país / Expulsión
Tu cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos no ciudadanos de la UE pueden acompañarte mientras cumplan los requisitos de residencia. Si dejan de satisfacerlos, las autoridades nacionales pueden ordenarles que salgan del país, pero no pueden expulsarlos.
En casos excepcionales, pueden decidir su expulsión por razones de orden público o de seguridad pública, pero solo después de demostrar que representan una amenaza muy grave.
Tanto la decisión de expulsión como la orden de salida del país deben notificarse por escrito, explicando todos los motivos que la justifican, cómo recurrir y en qué plazo.
Tomado de: http://ec.europa.eu/youreurope/citizens/travel/entry-exit/eu-citizen/index_es.htm
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