Desvaríos legales del estado español

Como deben recordar aquellos que siguen los post de nuestra bitácora digital hemos denunciado el anacronismo del despojo que sufrieron los inmigrantes españoles en Cuba en el año 1899, el último año del siglo XIX.
El 14 de junio de 2019 publicamos  el primer post dedicado íntegramente acerca del asunto y luego el 23 de abril de 2022 volvimos sobre el tema ante el uso de esta anomalía para denegar a los nietos de hispanos a la Isla usando este supuesto:

Si los españoles en Cuba no se enteraban de la medida (probablemente ILEGAL), entonces dicho emigrante ya no era ESPAÑOL,

POR OBRA Y GRACIA DEL IMPERIO.

Si los españoles residentes en Cuba no se registraban entonces la metrópoli consideraba que han renunciado a su nacionalidad española y adoptaban la nacionalidad cubana.
Textualmente la disposición dice:
«A falta de esta declaración, se considerará que han renunciado dicha nacionalidad y adoptado la del territorio en el cual pueden residir»
En definitiva que el Estado español dejó sin nacionalidad (violando supuestamente la Constitución y los preceptos de su Código Civil) a los inmigrantes hispanos en la Isla.
Esta ilegal medida dejó en la ‘apatridia‘ a más de la mitad de sus ciudadanos residentes en Cuba, al despojarle de su condición y subsecuentemente a los hijos-nietos-bisnietos de españoles residentes en la Isla antes de 1899, cuando fue ratificado el Tratado de París.

Ver artículo de ¿Apátridas emigrantes a Cuba por Tratado París?

¿Qué pasa con la nacionalidad española para los saharauis?

 

Apatridia

Como se sabe el Sahara Occidental era un territorio colonial español y la descolonización se basó en una ley de 1975 y al año siguiente un Real Decreto que permitía teóricamente que los sarahuis podían optar a la nacionalidad española pero le dieron a los interesados un plazo perentorio de un año para hacer la solicitud.

Y entonces tal y como hizo España con los cubanos en 1899, dejaron en la Apatridia a una gran parte de la población. Los que eran menores en 1976 no pudieron presentar la solicitud hasta que no cumplían la mayoría de edad pero una sentencia del Tribunal Supremo denegó la nacionalidad española porque no se habían presentado en el plazo de un año.

Pero los saharauis no han abandonado su empeño y recién se han activado voces en el Congreso para que se reconozca el derecho de este pueblo. Podemos presentó una propuesta para reconocer la nacionalidad a los sarahuis por la vía de Nacionalidad española por carta de naturaleza, para los nacidos en el Sahara Occidental antes de 1976, porque en esa época estaban bajo al soberanía española.

Como en el caso de los españoles residentes en Cuba en 1899, los sarahuis siguen luchando porque se les saque de la apatridia, en especial en estos momentos, en que España a través del gobierno ha reconocido el derecho de Marruecos a la autonomía del Sahara Occidental, dando así un giro de 180 grados.

El Tribunal Supremo de España plasmó en una sentencia que los ciudadanos del Sahara Occidental nunca fueron españoles

Y además esgrimió el hecho de que se le había dado la oportunidad (¿magnánima podríamos decir?) que si solicitaban en un plazo de un año se les hubiera otorgado.

Apuntes sobre causas y consecuencias

En la conferencia de Berlín de celebrada entre el 15 de noviembre de 1884 se hizo un reparto colonial de África y a partir de esta barbaridad el Sáhara se convirtió en colonia española entre 1884 y 1976.

Bajo la dictadura de Franco se decide, mediante decretazo de enero de 1954, que el Sáhara e Ifni son provincias españolas.

Todas las grandes decisiones de los poderosos colonialistas dejan sin patria a 15 millones de saharauies.

La intelectual y estudiosa alemana Hannah Arendt (que sufrió la apatridia durante una década y media) dijo:

«Quitarte la nacionalidad es quitarte la vida; es como regresar al mundo primitivo de los hombres de las cavernas o los salvajes…
Podrías morir y no dejar rastro».

—-Y en el caso de los emigrantes españoles a Cuba—-

No fue hasta la segunda década de este siglo en que se comenzó a despojar postmorten la nacionalidad de los emigrantes hispanos a la Isla de Caribe.
Se hizo mediante una Jurisprudencia interesada de la actual Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes DGRN) que obviaba otros preceptos que debieron considerarse.

Lo que dice una de las denegaciones de esta dirección general:

Habida cuenta de que no se acredita que el abuelo del promotor ejerciera ese derecho de opción, que en su defecto operaba automáticamente la cláusula que determina que pasaba a formar parte de la población del nuevo Estado y que, precisamente por eso, no consta en la Dirección de Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior de Cuba que obtuviera la ciudadanía cubana por naturalización ha de entenderse que con la independencia de ese país [léase Cuba] dejó de ser español y que veinte años después el hijo adquirió al nacer la nacionalidad cubana del padre.

En definitiva que el Estado español dejó sin nacionalidad (violando supuestamente la Constitución y los preceptos de su Código Civil) a los inmigrantes hispanos en la Isla.

Dejó en la ‘apatridia‘ a más de la mitad de sus ciudadanos residentes en Cuba, al despojarle de su condición y subsecuentemente a los hijos-nietos-bisnietos de españoles residentes en la Isla antes de 1899, cuando fue ratificado el Tratado de París.

Colofón, con dos buenas noticias:

La primera buena noticia es que hemos obtenido una Sentencia favorable de un caso bastante similar a estas denegaciones luego de casi 15 años de la Ley 52/07.

Y la segunda y aún mejor noticia es que la Ley de Memoria Democrática ha eliminado todos estos antojos de tonos coloniales para dar paso al derecho de sangre o #IusSanguinisEsp que es el verdadero derecho que debe primar.

Edición primera quincena diciembre