En esta nacionalidad denegada y ahora concedida con el trabajo de Doble R, la Cónsul supuso 'falsedad documental' No se sostiene la tesis porque los documentos están avalados por las autoridades competentes en Cuba Queda demostrado el error del RC consular, en nuestra argumentación, presentada a la DGRN Próximamente presentaremos los Testimonios de la nuera. Quien asumió los honorarios del Despacho y colaboró activamente en la solución del caso Nos enorgullecemos de haber contribuido a resolver otra injusticia del CE Habana En homenaje a Mª del Carmen y Yamilet, este 8 de marzo: "DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER" Justicia para todas las mujeres, en especial las españolas y cubanas !!
Recurso de Reposición elaborado por despacho Grupo Doble R
Nacionalidad denegada a nieta en Cuba
Seguidamente damos algunos detalles del Recurso enviado a la Dirección General Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia de España
Opción a la Nacionalidad española por Ley 52/07 o de Memoria Histórica. CE de La Habana, Cuba
A: Dirección General de Registros y del Notariado
De: María del Carmen Á.R. con Expediente Nacionalidad Nº 0912117928xx en el Consulado de España en La Habana
(Recurso de Reposición, nacionalidad denegada, del Expediente de Mª del Carmen Á.R. Presunto fraude documental).
Como verán se acusa a la optante de posible fraude o falsedad documental y aunque han habido casos de esta naturaleza en esta sede consular, no es este el caso…
…la resolución del Consulado español de La Habana denegando mi solicitud de Nacionalidad debido a que “los documentos aportados por la solicitante presentan ciertas irregularidades que hacen presumir falsedad documental y no permiten a este Consulado General acceder a su solicitud”
Que adicionalmente “no ha quedado establecido que en la solicitante concurran los requisitos exigidos por la D.A. 7ma. De la Ley 52/2007, especialmente en lo que se refiere a la acreditación de la nacionalidad española de origen de su progenitor”
Nuestro Despacho ha revisado las copias de toda la documentación aportada, por lo tanto hemos expuesto la siguiente argumentación…
PRIMERO
Que Guido Alfonso Á.M., el padre de la optante nació el 27 de noviembre de 1928, en Maffo, antigua provincia de Oriente, Cuba.
En la propia inscripción literal se observa que el asentamiento de este nacimiento se produjo en la fecha del Acta, es decir, el día 11 de junio de 1947, fecha esta en la que Guido Alfonso xxxx tenía 19 años de edad.
Se constata igualmente en el documento que el promotor del asentamiento en el Registro Civil de Baire, término y Partido Judicial de Jiguaní, en Oriente, Cuba fue el padre de Guido el ciudadano español (el abuelo) José Manuel Á.S., natural de Illas, Oviedo España.
Para seguidamente razonar de la siguiente manera
Era práctica común en la época que los habitantes de las zonas rurales intrincadas y con poca comunicación con las ciudades donde radicaban los Registros civiles, demoraban cierta cantidad de años hasta la declaración del nacimiento de los hijos como podría ser el arribo a la mayoría de edad o a la edad laboral.
Por tanto no debería conllevar tal tardanza en el asentamiento, a la duda de la veracidad del hecho refrendado
«…por el Juez Municipal de Baire, como podría interpretarse del Auto Denegatorio emitido por el Consulado»
SEGUNDO
Con relación a la destrucción de la documentación del Registro Civil de Santa Rita donde se asentó el Matrimonio de Guido Alfonso Á.M., (padre de la optante) y Rebeca R., nacida en Santa Rita se adjunta documentación oficial emitida por el Registro
En esta documentación aportada se da fe de que ha sido reconstruido el asiento correspondiente al Matrimonio, bajo expediente del propio registro
Dicha reconstrucción se hizo mediante Certificación de Conocimiento firmado por el Registrador del Estado Civil de dicha localidad en fecha de 20 julio de 2017.
Aunque este documento es de menor relevancia, por cuanto quedaba demostrado mediante la Partida o Certificado literal de nacimiento…
«…en su Nota marginal que los padres de la optante estaban casados formalmente según la Ley Cubana»
TERCERO
El derecho de la optante, Mª del Carmen Á.R., nace desde el momento del nacimiento de su padre, Guido.
El abuelo de la optante y padre de Guido, nunca optó a la nacionalidad cubana y por tanto murió…
siendo español de origen nacido en España.
Este es el espíritu y la letra de la Ley 52/07, que ahora no se interpreta adecuadamente por la Cónsul del Registro Civil del Consulado español de La Habana…
…según podemos comprobar en su Auto Denegatorio, que adjuntamos más adelante.
Solicitud a la DGRN del Ministerio de Justicia de España
Nacionalidad denegada a nieta en Cuba
Que a resulta de todo lo expuesto SOLICITO A LA DIRECCION GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO…
«…que, teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo»
…únase al presentado en La Habana en fecha 21 de enero de 2016 que se adjunta
«…e incorpórese también los dos nuevos documentos emitidos recientemente por el Registro de Santa Rita, en Granma, Cuba
«…también adjuntos a este escrito»
Rogamos se tenga por formulado Recurso de Apelación o Reposición contra la resolución de este Expediente (Mª del Carmen Á.R. con el Nº 091211792xxx, presentado el 9 diciembre de 2011) y en su día se dicte resolución concediéndome la nacionalidad de origen oportunamente solicitada.
Por ser de Justicia, esperamos resolución favorable a esta petición y los saludamos atentamente.
Auto Denegatorio de la Cónsul del RC CE Habana. Archivo editado Doble R
Documentos aportados al Expediente
Nacionalidad denegada por supuesto fraude documental
Seguidamente comentamos los documentos aportados para que surtieran los efectos legales procedentes
1.- Mª del Carmen Á.R. es hija de Guido y Rebeca.
Es nacida en Holguín en fecha 28 de enero de 1961 y asentada en el RC el 05/10/1973
Sus abuelos paternos son: José Manuel (emigrante español) y María Célida. Abuelos maternos: Pridiliano y Carolina
Inscripción en virtud de Declaración de la Madre de la inscrita.
2.- El abuelo español José Manuel falleció en Bayamo el 28/03/1983 a los 88 años de edad (se anexa foto familiar)
3.- La madre de Mª del Carmen, Rebeca nació en Santa Rita, Jiguaní el 23/11/1936
«…fue asentada en el propio RC el 12/06/1937»
4.- El Certificado de Defunción de Guido Alfonso Á.M. emitido el 20/01/2016
«…corregido según documento anterior de subsanación, con Tomo 41, Folio 587 «
«…dice que falleció en Bayamo a los 37 años, con fecha 22/11/1966, 12:30 am con estado civil casado.
5.- La Partida española del abuelo español José Manuel, con fecha nacimiento el 10/03/1895
«Emitida en el JP de Illas, Asturias el 03/05/2011 y aparece firmada por la Secretaria Pilar Solanas
Documentos probatorios emitidos por la DIE de Cuba
Otros documentos estudiados para elaboración de este Recurso son los siguientes…
6.- Los certificados de la DIE del emigrante son correctos
«José Manuel Á.S. se asentó como extranjero en Cuba con 40 años, Expediente Nº 194167.
El certificado de Ciudadanía del emigrante emitido por la DIE es Negativo, por tanto No optó a la nacionalidad cubana en ningún momento de su vida.
7.- Los datos del certificado nacimiento del padre de la optante Mª del Carmen, Guido Alfonso Á.M., dice que
«…está inscrito en el RC de Baire al Tomo 38, Folio 150 asentado el día 11/06/1947 a pesar de haber nacido el 27/11/1928»
Dicha inscripción por Declaración del padre (José Manuel Á.S., emigrante español)
Las supuestas irregularidades encontradas por la Cónsul del RC
8.- El Auto del Consulado de fecha 13/10/2015 (Notificada según sello del documento el día 01/02/2016) dice en el segundo Considerando:
«…que los documentos aportados por la solicitante presentan ciertas irregularidades que hacen presumir falsedad documental …»
«…y no permiten a este Consulado General acceder a su solicitud’.
9.- En el segundo considerando señala el Auto del CE Habana:
«Que no ha quedado establecido que en la solicitante concurran los requisitos exigidos por la DA 7ma. de la Ley 52/2007…»
«…especialmente en lo que se refiere a la acreditación de la nacionalidad española de origen de su progenitor»
10.- Auto denegatorio firmado por Cónsul del RC Habana, Dª Laura L.G., titular en la fecha del registro
11.- Se aporta también fotocopia del pasaporte español del emigrante español y abuelo de la optante, el Sr. José Manuel Á.S.,
Con el Nº 213/79 e Inscrito con el Nº 675 del Consulado de España en Santiago de Cuba.
Se consigna que es viudo y los demás datos de la partida española y nació 10/03/1895 en Illas, Oviedo
Epítome del post
Con un buen asesoramiento se pueden ganar batallas que parecen perdidas
En este caso resolvimos una injusticia, pero también recordar «de que los hay, los hay…»
Ya lo veremos más adelante
Deje su comentario seguidamente…
Edición Semanal
Yisel
Hola soy cubana y acabo de perder mi ciudadania española, presenté mi expediente en 2014 para obtener la cuidadania española por la ley 52 conocida como ley de nietos siendo yo menor de edad en aquel entonces, en 2016 obtengo dicha ciudadanía y en 2018 recibo mi certificacíon literal como ciudadana española, comienzo tramites relacionados con el pasaporte español(el cual poseo), le inicie el proceso a mis hijos menores de edad y legalizo o inscribo mi matrimonio ante las autoridades españolas, todo esto concluye satisfactoriamente y ahora me citan para comunicarme que cancelan mi ciudadania debido a que me habia casado en 2011 con 17 años y tenía hasta 2013 para presentar mi expediente sino pasaba a ser una menor emancipada, sin conocer del tema presento en 2014 y ahora despues de 5 años después de haberme reconocido como española de origen me informan que cancelan mi ciudadanía, realmente es increible el mal proceder y ahora no se que hacer con tanto tiempo, dinero y esfuerzo malgastado, necesito saber si tengo alguna posibilidad de mantener mi ciudadanía, gracias.
Pedro Says :
Hola Yisel:
Es un caso muy complejo el suyo, pero está dentro de la legislación para obtener la condición de español a los menores que se encuentran bajo la patria potestad de un/a español/a, porque al haberse casado UD se libera de la Patria Potestad de su progenitor español (sus progenitores debieron autorizar la celebración del Matrimonio) y por tanto ya no estaba dentro de los supuestos que otorga el Código Civil
No deja de ser un descuido del Consulado, no haberle pedido su estado civil durante el proceso.
En fin, sentimos mucho que le hayan despojado su condición…
Nosotros pensamos que hay pocas posibilidades que su pretensión de conservar la nacionalidad puedan hacerse realidad.
Tal vez debería esperar a que salga la posible Propuesta Ley y ver si el texto favorece su derecho.
Un saludo,
PeL
Hilda de las Mercedes Trujillo Baltar Says :
Soy nieta por parte materna de ambos Españoles , presente mi solicitud en el 2009 , y dsde ese momento hasat el 2015 me estuviero haciendo requerimiento los cuales presente , aparte dsde la primera cita presente inscripciones de nacimiento de mi abuelo y sobre todo la carta de extranjeria de abuela con su nimero de nacionalidad tambien pasaporte fotocopiado mio de aquel entonces donde yo me iva acogida a la ciudadania de mi abuela y desafortunadamente ya con fecha de salida y pasaporte visado abuela sufre un infarto que no le permitio viajar y por la recomendacion medica le dijo que no viajara , adema mi dos tios nacieron en españa la unica nacida en Cuba fue mi mama , ahora despues de 10 largos años aparece que tengo una autodenegacion , que debo hacer pues me dicen que debo esperar una cita pero quisiera adelantar pues yo trabajo en la salud publica y me cuesta mas trabajo faltar QUE DEBO HACER
GRACIAS
Pedro Says :
Hola estimada Hilda:
Te reitero la respuesta que hemos estado dando a otros casos denegados…
Puede hacer un Recurso de Reposición ante la DGRN del Ministerio de Justicia, ya sea a través de un abogado en la Isla o a través de nuestro Despacho…
Para ello se necesita en primer lugar el Auto Denegatorio, documento que señala las causas por las que no se te otorga la condición de Española.
Un saludo y suerte,
Pedro
Sara
Hola a todos. Les quisiera comentar mi caso a ver si saben si tiene solución.
Mi abuelo consta en su Fe de Bautismo como Juan Felipe. Pero en toda su documentación en Cuba figuró solamente como Felipe. Con la Fe de Bautismo y la Negativa del registro Civil de España (todo en orden, protocolarizado, legalizado..) subsané toda la documentación en Cuba: su certificación de matrimonio, defunción, el certificado de nacimiento de mi padre… ahora aparece como Juan Felipe.
Pero me deniegan la Nacionalidad porque no aparece ese nombre en los Registros de Extranjería de la Dirección de Inmigración y Extranjería de Cuba. Luego de buscar insistentemente aparece como Felipe. Y ahora no sé si puedo demostrar al Consulado, con el Certifico de Subsanación, que Juan Felipe y Felipe son las misma persona. Y que no subsanamos el Certifico de Extranjería porque no es un documento subsanable y es así como está asentado en los libros de la época.
Saben si tengo alguna posibilidad?
Pedro Says :
Hola Sara:
Su caso se enmarca en la ola de denegaciones luego de instalado el nuevo Cónsul español del Registro Civil en La Habana, el Sr. Carlos Pascual García.
Si es como UD nos relata: podemos hacernos cargo de estudiar cuidadosamente el expediente y preparar el Recurso de Reposición ante la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia en Madrid, siempre y cuando UD esté de acuerdo con nuestros honorarios.
Para conocer los pormenores del caso debe ponerse al habla con este Despacho a través de nuestro buzón de correo-e que es [[email protected]]
Esto es todo lo que podemos decir, de momento…
Cordiales saludos,
PeL