Nacionalidad x Residencia España. Formulario solicitud
Imágenes y textos de las indicaciones del propio formulario
Nacionalidad x Residencia España, ha sido asunto recurrente en los últimos meses en nuestra Web pues encierra una importancia total para los extranjeros residentes en España
Como se sabe, además de un Test llamado CCSE de 25 preguntas, los extranjeros que no tengan como lengua materna la lengua española deberán obtener el Diploma de Español como Lengua Extranjera, conocido como DELE
Todos estas pruebas conllevan unas tasas que está gestionando el Instituto Cervantes
Lo que muchos aún no saben es que, pagados y superados estos dos escollos, la presentación de la solicitud será TELEMÁTICA, es decir, a través de una plataforma Online del Ministerio de Justicia de España. De esto se exceptúan aquellos extranjeros que ya hubieran tenido una cita en el Registro Civil de su domicilio que podrán entonces entregar la documentación en dicho centro
Pero para el resto o para aquellos que deseen hacer la presentación vía online se necesita una de estas opciones:
a.- Hacer la presentación por ellos mismos previa contratación de un Certificado Digital Válido
b.- Contratar los servicios de un Despacho profesional que tenga estos atributos (Certificado Digital Profesional) para presentarlo
Para ir acercando a los implicados en el asunto, hemos bajado de la Web del Ministerio de Justicia de España el formulario con el que se hará efectivo la solicitud de esta condición
Seguidamente ponemos a su disposición un formulario rellenado con datos ficticios para que vayamos conociendo los detalles
En el supuesto que UD vaya a contratar los servicios de un Despacho profesional, no tendrá que rellenar esta planilla porque lo hará dicho Despacho
De igual forma es importante conocerlo porque nos confirma los documentos que debemos acopiar para la presentación
Seguidamente presentamos los diferentes folios del Formulario de Solicitud, rellenado con datos ficticios
Nacionalidad x Residencia España. Formulario solicitud
DATOS DEL INTERESADORellene los campos establecidos con los datos de la persona interesada en obtener la nacionalidad por residencia.Nacionalidades que eximen del DELE: Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba ,Ecuador, El Salvador,Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República
Nacionalidad x Residencia España. Formulario solicitud
DOMICILIO PARA NOTIFICACIONESEn el supuesto de que la localidad sea entidad inferior a municipio, se reflejará su denominación (concejo, pedanía,aldea, barrio, parroquia, caserío, etc.), cuando sea necesario para su correcta identificación. Las denominaciones seescribirán completas y sin abreviaturas
Nacionalidad x Residencia España. Formulario solicitud
Caso general
Personas que lleven 10 años de residencia legal en España o que estén sujetos a algunos de los periodosde residencia abreviados recogidos en el artículo 22.1 del Código Civil (dos años para los nacionales de origen de paísesiberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o Sefardíes).Nacido en territorio Español: personas nacidas en territorio español que lleven al menos un año de residencia en Españalegal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.Quienes no hayan ejercido oportunamente la facultad de optar: que cumplan con el requisito de al menos un año deresidencia en España, legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud y hayan estado incluidas en uno de lossiguientes supuestos sin haber ejercido la facultad de optar: – que la determinación de la filiación o el nacimiento enEspaña se haya producido después de los dieciocho años de edad, – que haya sido adoptado por un español siendomayor de 18 años, – que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español o su padre o madre hubierasido originariamente español y nacido en España y no hayan ejercido la facultad de optar una vez cumplidos los 20 añosde edad. Deberán cumplir además los requisitos de buena conducta cívica y suficiente grado de integración.Personas que hayan estado en régimen de tutela, guarda o acogimiento no provisional por ciudadano o instituciónespañola durante dos años consecutivos. Se requerirá además al menos un año de residencia en España legal,continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.Casado/a con español: personas que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y noestuviere separado legalmente o de hecho. Se requerirá al menos un año de residencia en España legal, continuada einmediatamente anterior a la solicitud.Viudo/a de español: viudo o viuda de español o española, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o dehecho. Se requerirá al menos un año de residencia en España legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.Descendiente de español: nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieransido españoles. Se requerirá al menos un año de residencia en España legal, continuada e inmediatamente anterior a lasolicitud.Sefardí: quienes acrediten la condición de sefardí. En estos casos se requerirá 2 años de residencia en España legal,continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.Refugiados o apátridas: quienes hayan obtenido la condición de refugiado, para quienes se exige un periodo de 5 añosde residencia, o de apátrida, a quienes se les exigirá el plazo general de 10 años de residencia legal, continuada einmediatamente anterior a la solicitud.
Para bajarse el Reglamento de Nacionalidad x Residencia España, nuevo procedimiento, hágalo aquí
Para conocimiento general: nuestro Despacho dispondrá de un Certificado Digital y estará autorizado a presentar la documentación en representación del optante a la Nacionalidad x Residencia España
Acerca del asunto y en la medida que se comiencen a presentar personas con necesidad de ayuda y acompañamiento en toda la tramitación iremos dando a conocer los pormenores del asunto
Esperamos que puedan ir conociendo nuevos aspectos de este procedimiento
Si tenéis comentarios, podéis hacerlo seguidamente
Edición Martes
mariza abreu rodriquez Says :
18:40// Chat en vivo Zopim
hise mi solisitu para mi siudanania espanola y no e tenido respuesta fecha de solisitu 15 /12 2010 espediente numero 325282 muchas crasia por fabor contestar
Pedro Says :
Hola Mariza:
Nosotros no podemos darle razones del estado del expediente de suyo. Esta prerrogativa la tiene el Consulado español, pero allí hay un tremendo atasco y quedan (según cálculos nuestros) más de 50 mil expedientes pendientes
Si desea alguna otra gestión puede ponerse al habla directamente con nosotros y le solicitaremos más detalles
En el post “Desparpajo en el consulado español de La Habana con Ley Nietos” puede conocer la situación de las oficinas consulares españolaas en Cuba
También en las Preguntas frecuentes, Ley Nietos y Nacionalidad española II parte que saldrá el próximo Martes explicaremos algunas vías para consultar el Expediente de Nacionalidad
De todas formas, esperemos que esto se resuelva. Así que al ánimo,
Saludos,
PeL
Luciana Marcela Martinez
Buenas tardes, ¿cómo se llenarían los primeros campos del formulario en caso de tener dos nombres y un solo apellido (el paterno)? tildaría la casilla del segundo nombre para poder consignarlo y luego repetiría al lado el único apellido?. Muchas gracias.